Cuando el seguro me condiciona el pago a presentar facturas, reparar u otras circunstancias
Que el seguro condiciona el pago a algún hecho pasa en bastantes ocasiones y vamos a explicar cómo funciona y qué podemos hacer.
El seguro no puede condicionar el pago
Cuando una aseguradora condiciona el pago de la indemnización a que hagamos algo (aportar facturas, reparar, etcétera) incumple claramente el precepto establecido en el artículo 18 de la Ley de Contrato de Seguro, donde el asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo. Y además, y en cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas, la Ley no exige al asegurado ni al perjudicado la aportación de facturas ni fotografías ni nada por el estilo al asegurador para pagar el siniestro. Si el usuario ha acreditado el daño con pruebas fehacientes o, con el contenido de la póliza en caso de no tener pruebas más eficaces, el asegurador debe pagar.
La sanción para el seguro
Esta actuación del asegurador de condicionar el pago de la indemnización es una infracción tipificada como leve según lo que dispone el punto 5 del artículo 196 de la Ley 20/2015, y por lo tanto sancionable administrativamente (multa) según lo que establece el artículo 200 de la misma Ley 20/2015 con hasta 60.000 €.
Si el usuario quiere denunciar su caso para que la aseguradora rectifique su postura y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones imponga una multa a la aseguradora, deberá presentar una queja o reclamación por escrito al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de la aseguradora y, transcurrido un mes sin respuesta o con respuesta evasiva, dirigir la reclamación a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) alegando que el asegurador está incumpliendo con el precepto establecido en el artículo 18 de la Ley de Contrato de Seguro.
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A parte de aportar el correo electrónico de reclamación remitido al SAC y la contestación de la aseguradora si la hubiere, deberá solicitar a la DGSFP que sancione a la aseguradora. Si resulta que la aseguradora rectifica su postura y paga pero el usuario quiere seguir adelante con que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) imponga la sanción a la aseguradora, el usuario deberá presentar una queja ante la DGSFP exponiendo el hecho, aportando la reclamación y la rectificación de la conducta de la aseguradora, pero denunciando el hecho mediante una queja para que la DGSFP sancione a la aseguradora para que esa conducta no se vuelva a repetir.
Ahora bien, deberás cargarte de paciencia ya que tardarás entre 2 y 3 años a resolver este asunto. Pero lo cierto que sin la actitud colaborativa de los ciudadanos jamás conseguiremos que las malas aseguradoras, que no las buenas, suspendan sus actuaciones reprobables.
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Buenos días. En mi caso soy la damnificada de un siniestro causado por un coche que chocó contra mi vivienda. El seguro que me reclama las facturas para pagarme es el de la propietaria del coche. Añadir que no ha venido ningún perito a ver nada ni a valorar, sino que se me «exigió» que elaborase un informe del acontecimiento y daños, reportaje fotográfico, valoración de daños con presupuestos y documentación propia (DNI, titularidad del bien, titularidad de la cuenta bancaria, etc). Ya me han hecho oferta de indemnización, con la que estoy de acuerdo, pero que no me pagan si no presento facturas. Mi pregunta es si este procedimiento de reclamación que ustedes detallan en este artículo lo puedo poner en marcha a pesar de haber recibido la indemnización.
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Hola, mi aseguradora rechaza indemnizarme la averia del aparato del aire acondicionado segun informe de mi técnico provocado por una subida de tensión, pero según el informe del técnico de la compañía, provocado por una averia funcional de aparato que contradice el informe aportado. Qué puedo hacer?
Hola ines soy tecnico en sistemas de frio y calor y solemos hacer partes para compañías aseguradoras ..
No se los años que tiene tu equipo pero lo que se suele hacer es contactar con el ST de esa marca que diagnostique que a ocurrido y ver la solucion si es factible en costo para arreglar o si por el contrario se indemniza al cliente , para que compre o repare dicho aparato esto es a modo global pues como te comente todo depende del aparato y la antiguedad que tenga ..pues al no saberlo no puedo hilar mas fino.
Mi seguro condiciona el pago de los daños estéticos valorados en mas de 3000€ a que presente facturas del arreglo ¿Esto es legal? ¿Se puede reclamar?
Buenas…me han robado plumífero de invierno con una antigüedad de dos años…no tengo el correspondiente ticket ni factura pero la aseguradora me lo exige para indemnizar.Que debo hacer? GRACIAS.
Hola, estoy en una situación similar a la tuya, me han rodado en casa pero no tengo
Facturas de todo, lo
Pudiste arreglar, gracias
Buenos días,
Yo tengo tres reclamaciones pendientes: dos por daños (700€) aprox y otra por robo con destrozos (12000€ en bienes), y el seguro me exige las facturas. Y/o las fotografías y el extracto bancario, y los pocos recibos que tengo y fotos de las cajas de algunos artículos. Se ha puesto denuncia a la policía Nacional, y han venido ellos y el perito, y se les ha mandado las imágenes de las cámaras de seguridad. Se me vence hoy el seguro, entiendo que tengo que hacer la reclamación hoy ? Porque tengo incluido en el seguro la asesoría jurídica.
Por favor llámenme s la mayor brevedad al 610514049 gracias
Desde la fecha del accidente tiene dos años para reclamar la indemnización, renueve o no su seguro.
Habitualmente la asesoría jurídica de la aseguradora no le asesorará de cómo reclamarle a ella misma. Si acaso le asesoraría de cómo reclamar a un tercero que le ha causado un daño con quien no tuviera usted una relación contractual.