La rotura de cristales y parecidos en los seguros del hogar
En ocasiones se nos ha roto un cristal de una mesa o una ventana de nuestra casa, una encimera de cocción, un mármol de un baño o de la cocina, un inodoro o un lavabo de loza. Hemos dado parte al seguro para que nos lo pague pero, ¿cuándo paga el seguro este tipo de accidentes?
Cosas que cubren
Con carácter general, aunque con algunas excepciones dependiendo de la aseguradora, los seguros cubren o garantizan el pago del coste de la íntegra reparación o substitución de cristales, lunas, espejos, claraboyas, tragaluces, vidrieras instalados en ventanas, puertas y mamparas que formen parte fija de la vivienda, el edificio, o del mobiliario.
También incluyen, por norma general, las encimeras, repisas, muebles u otros componentes fabricados en metacrilato, mármol, granito, piedra u otros minerales análogos como sería el silestone.
Además, la garantía de rotura incluye las placas de cocina fabricadas con materiales cerámicos vitrificados como son las placas de cocción de vitrocerámica o inducción magnética por poner algunos ejemplos.
Para complementar también suelen pagar los elementos de loza sanitaria como son los lavabos, inodoros, bidés o bañeras.
Y cuando nos referimos a “cubrir” nos referimos a que el seguro paga la íntegra reparación o substitución del objeto accidentado, que incluye la mano de obra, el material, el transporte, la retirada del objeto accidentado, etcétera. Y todo ello incluyendo los correspondientes impuestos de la factura.
Cosas que no suelen cubrir
Las cosas que no suelen “entrar” o pagar son los marcos (de los cristales), las molduras, las cristalerías o vajillas, bombillas o fluorescentes, pantallas de ordenador o televisión, lentes de gafas, microscopios o telescopios, etcétera, además de excluir los desconchados, arañazos o raspaduras de los elementos anteriormente enunciados.
¿Cuánto dinero hay para este concepto?
Habitualmente limitan este tipo de accidentes a un capital máximo que está entre unos 1.500 €, 3.000 € o 6.000 € para cada pieza dañada de manera individual. Pero dependiendo que se trate de un seguro de buena o mala calidad, el importe o límite de dinero para pagar esta garantía será desde 150 € hasta límites muy altos.
¿Y qué hay referente a las circunstancias del siniestro?
A diferencia de otras coberturas las cuales limitan los derechos del asegurado a cobrar el accidente a que se haya producido en unas circunstancias muy concretas, como sería el caso de la rotura de un tubo en el caso de daños por agua, o la colisión de un vehículo en los casos de impacto contra la vivienda, la garantía de rotura expuesta en este post queda cubierta siempre y ante cualquier circunstancia a no ser que el propio usuario, por mala fe y queriendo, haya roto eso de manera intencionada. Por tanto podemos afirmar que, a no ser que el usuario haya roto de manera deliberada el objeto que reclama, el seguro ni tan solo debe saber cómo sucedió el accidente. Simplemente debe pagar el siniestro sin ningún tipo de problema.
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Hola se ha roto la jarra de la licuadora , cubre el seguro?
Se ha producido un accidente en mi piso. Se ha caido el espejo del baño que estaba anclado con unos ganchos. Mi seguro de Plus ultra dice que solo cubre el coste del espejo pero no la instalación. ¿Es esto correcto? ¿Cómo puedo asegurarme que no me están engañando?
hola buenos dias, rompi con mi scooter electrico de minusvalido una puerta de cristal de una farmacia, como siempre yo entro alli en est farmacia sin problema porque siempre tienen la puerta abierta y esta vez estaba cerrada y cuando me di cuenta ya era tarde. La farmacia me pidio mis datos de seguro de Casa porque su seguro se lo pidio para que entre loque es la responsabilidad civil de mi seguro de Casa!! Ahorra le pregunto se debe actuar asi o es que es normal que mi seguro de casa entre en este tipo de cosas como la responsabilidad civil? porque si tengo un seguro de casa la responsabilidad civil entra que si en mi casa pasa algo y no afuera! me explico!!! Quizas voy a tener que pagar yo la puerta de cristal ?? que me aconseja en este caso?
gracias por contestarme
Buenas tardes mi seguro tiene cobertura de ventanas , en mi caso son ventanas con puente térmico de doble acristalamiento y dos de los cuadros de ventana se ha roto ( o ha dejado de funcionar) el puente térmico y los cristales se empañan por dentro, el seguro una vez visto dice que eso no lo cubre, debería cubrirlo.
Gracias.
Buenos días, se me ha roto un cristal con cámara de una balconera. El cristal es como el de la foto de este post con cuarterones de aluminio
Me dicen de la aseguradora q solo me pagan el cristal y la instalación(160 euros) , no el cuarteron( 350 euros);ya que es decorativo, pero todos mis cristales y la otra hoja de la corredera es así. Y es un elemento q no puedo separa del cristal. Es correcto q no me lo paguen?
Gracias
Hola Josep María, disculpa que te moleste, no sé ni siquiera si es correcto lo que le voy a decir, no quiero reclamar nada a mi seguro, es más yo iba a reponer el daño causado pero mi mujer insiste y leyendo en internet he llegado a usted y me ha encantado su forma de tratar a la gente que le escribe.
Mire le cuento, el sábado a las dos de la mañana llegue de trabajar y lo primero que hice fue ducharme, en la ducha teníamos un cristal templado fijo de 1,95cm de alto por 175cm de ancho, verá en nuestra. Casa hace muchísimo calor por es calefacción central de carbón, no se explicarme discúlpeme el caso el cuando acabe de duchhsemencomo siempre, le pasó a la mampara uns goma para quitarle el agua y que no se forme cal, así luego la limpio mejor, el caso es que sin más (le prometo que no hice nada) explotó el cristal en miles de pedazos encima de mi, no me pasó nada sólo se me clavaron en la piel de todo el cuerpo unos cuantos que entre mi mujer y yo con unas pinzas de depilar conseguimos extraerlos casi todos, la angustia que yo tengo es que no se cómo explicarle a mi compañía que el cristal estalló solo, no creo que nadie me crea por eso iba a reponerlo yo, pero el cristal al caer estropeó la taza del WC y la encimera de mármol de los lavabos así como el duelo de mármol, mi mujer me insiste que debo decírselo al seguro, pero como explico lo sucedido? 😓 Otro tema por el que mi mujer de enfada conmigo y yo lo entiendo es por qué dicha mampara era de la mejor casa de maparas de baño y su coste es muy elevado.
Le ruego me disculpé si no me he sabido explicar o he abusado de su tiempo, la verdad que mañana tengo que hablar con el seguro y no sé qué decir
Un abrazo muy fuerte y de nuevo reitero mis más sinceras disculpas
David
Buenas tardes, he tenido una mala experiencia con Caser, parece ser que en mi seguro de hogar firmado hace más de 10 años y que NUNCA he hecho servir, no me cubre la rotura de mi encimera de la cocina por ser de silestone, parece ser que como pone mármol o granito ya no puede ser de nada mas.
Tampoco está en las exclusiones por lo tanto creo que es un mal redactado de la cláusula, ya que hoy en día lo más normal es que hayan silestones onporcelanicos.
He reclamado y estoy a la espera, que creen que puedo hacer?
Muchas gracias.
Deberíamos estudiar su contrato de seguro, pero si es así como dice, la interpretación de la cláusula tiene «mala leche»
Hola Tenemos un seguro de hogar solo contenido que cubre la rotura de cristales, el caso es que se ha roto la mampara de la ducha y ahora el seguro dice que no la cubre, es posible reclamar esto.
En principio la cobertura de rotura de cristales cubre ese tipo de incidentes independientemente de dónde sea el cristal. Clásicamente ha actuado como una cobertura aparte y se paga siempre. Pero hay aseguradoras que condicionan el pago de la rotura de critales a que esté asegurado el continente (la edificación) o el contenido (mobiliario), entendiendo que si usted solo tiene asegurado el mobiliario y tiene contratada la cobertura de rotura de cristales, si el cristal pertenece al continente no se lo cubrirán.
A nuestro entender y al tratarse de una cobertura «independiente» a primer riesgo, entendemos que debe cubrirse la rotura de cualquier cristal, ahora bien, hay otras interpretaciones que tratan el tema distinto a nuestro criterio.
Buenos días, se me ha roto el espejo que va cogido a una base movil que tiene unas patas, se me cayo y se rompio, ¿se cubriría la rotura del espejo?, tengo contratada rotura de espejos de contenido pero en la garantía dice que se cubren las roturas accidentales que sufran los cristales, lunas (de cristal o metacrilato)
y espejos que formen parte fija y adosada del mobiliario pero no sé si un espejo de pie con marco se toma como mobiliario, el espejo le puedo mover de una estancia a otra.
Según está diciendo sí parece que pueda quedar cubierto. Plantee reclamación al seguro.
Tengo contratado el seguro con Santa Lucia, y se me ha roto la puerta mosquitera que pusimos para salir al patio, me lo cubriría el seguro?. Gracias y saludos.
Sin ver su contrato de seguro íntegro y las circunstancias del accidente es imposible saberlo. Puede que sí, puede que no.
Buenas tardes, nos ha caído el plafon del ventilador de techo y se ha roto el vidrio. Tenemos contratado contenido y continente con Línea Directa. Lo cubriría el seguro? Muchas gracias.
Suponemos que si pero debe estudiarse el contrato de seguro. No todos los seguros ni todas las aseguradoras son iguales.
Quiero consultar el siniestro de una rotura del cristal de la puerta del pasillo por fuerte viento. Nosotros estamos en una vivienda de alquiler y tenemos contratado el seguro de rotura de cristales para el contenido y no para el continente. Nuestra compañía de seguros afirma que las puertas del pasillo forman parte del continente.
La propietaria nos dice que ella no se va a hacer cargo de la sustitución del cristal de la puerta.
En este caso estamos nosotros obligados a pagar el cristal o ¿qué opciones tenemos?
Hola, históricamente la garantía de rotura es independiente al continente y contenido, aunque con los años ha ido vinculándose, mediante cláusulas que limitan los derechos del asegurado, a la contratación del continente y el contenido. Por tanto, si se trata de una garantía vinculada no tendrá cobertura.
Ahora bien, si el propietario tiene un seguro del hogar con la garantía de rotura, ese seguro cubrirá el cristal.
También puede mirar el seguro de la comunidad cubre las puertas privadas y existe una garantía de rotura de cristales que cubra elementos de continente privativo. Del mismo modo que ese seguro cubriría las puertas privativas de tu hogar en caso de incendio, también cubrirá la rotura de los cristales de esas puertas a no ser que exista una cláusula limitativa que restrinja ese derecho.
Finalmente siempre puedes cambiar el cristal y utilizar la garantía de Reclamación de Daños de tu seguro del hogar para reclamar al propietario de tu vivienda el cristal que debería haberse hecho cargo el propietario de la vivienda, o que recobre al seguro del propietario.
Buenas tardes. Tengo seguro con Línea Directa de hogar con cobertura de daños estéticos. Para reparar una fuga del desagüe tuvieron q romperme la plaqueta para poder repararla. Con la cobertura de daños estéticos han procedido a cambiarme la plaqueta. Mi problema viene cuando para realizar el cambio de plaqueta me han roto y tirado el mueble del baño (este con encimera de mármol), el espejo (pegado a la pared), unas estanterías y el inodoro. A su vez por no poner los elementos de protección necesarios me han rallado el parqué y llenado toda la casa de polvo, manchando hasta los sofás de polvo de obra. Mi pregunta es: ¿podría reclamar muebles nuevos, reposición del inodoro y limpieza de la suciedad ocasionada?
Gracias y perdón por las molestias.
Parece que es la típica actuación de los operarios Low Cost de las aseguradoras. Debe reclamarse la reparación de los daños y desperfectos, y si no es posible la sustitución de los mismos tasándolos a valor real, con cargo íntegro a Línea Directa por su Responsabilidad Civil de la Actividad como contratista de los operarios enviados.
En mi casa, se ha roto, espontáneamente, un cristal por lo que pienso es «estrés térmico». Entonces no está del todo roto, tiene fractura. Eso se cubre por un seguro que incluye cristales?
Habitualmente la garantía de rotura de cristales sí cubre este tipo de percance
Se me ha roto el espejo que va fijado encima de los lavabos y ahora línea directa me dice que no me lo cubre porque solo cubren los espejos fijos y yo entiendo que me espejo es fijo porque está fijado con tornillos y no es algo que se mueva de un lado hacía otro como un espejo de mano y que da igual que el espejo este fijado con cemento pegamento o tornillos me puede decir su opinión
No sabemos el contenido de su contrato de seguro, pero habitualmente su caso está cubierto por la mayoría de aseguradoras.
Se me ha roto una hoja de la mampara de baño. como el material esta descatalogado, el seguro pretende pagarme lo que cuesta la hoja. Queria preguntar si ¿tengo derecho a que me cambien la mampara entera? ¿Es un daño estético la rotura de la mampara? Un saludo
La mampara es un elemento individual formado por una o dos hojas. Por tanto si se ha roto una hoja y está descatalogada, a efectos de cobertura se trata de la rotura de toda la mampara no de una hoja.
Imagine usted que por daños eléctricos se afectara solo la placa electrónica de un equipo de climatización cuyo coste íntegro es de 9.000 € y esa placa electrónica ya no se fabricara por estar descatalogada. Obviamente el asegurador debería pagar todo el equipo que sustituye al preexistente, no solo el valor de una placa electrónica que su valor es de 300 €. Al asegurado debe restituírsele el elemento para que quede como antes del accidente. El asegurador debe pagar el importe suficiente para que, sin realizar mejoras a lo preexistente, el objeto funcione perfectamente como antes del siniestro.
Si te ha servido nuestra respuesta, te agradeceríamos que nos pusieras una reseña en google. Gracias
Hola Buenas tardes. Tengo un seguro con banco Sabadell el cual cubre cristales y responsabilidad civil. Si mi mascota me ha dañado la televisión puede que me cubra el daño el seguro bien sea la resposabilidad civil o los cristales marmomes y placas ? Gracias de antemano por la atención prestada.
Para comentarle qué debe hacer en su caso deberíamos estudiar las condiciones generales y particulares de su seguro del hogar. No sabemos qué cubre y qué excluye su seguro, por lo que sin el contrato completo no podemos decirle cómo debe resolverse su caso.
Los cristales de su TV rotos por su mascota no tienen cobertura por su seguro de responsabilidad civil. Lo tendrían por la garantía de responsabilidad civil del seguro del hogar de un tercero, por ejemplo un amigo suyo, si la mascota del amigo le hubiera roto su TV.
Por otro lado, habitualmente la garantía de rotura de cristales, mármoles, etcétera no cubren los cristales de TV.
Debe mirar si ese accidente puede estar cubierto por alguna otra garantía de su contrato de seguro del hogar.
Me puedes pasar el telefono del seguro de coberturas del hogar ya que también lo tengo contratado con el Banco Sabadell y no lo encuentro.
Buenas tardes,
Se me ha roto una puerta de la mampara del baño.
Queda una puerta y dos fijos.
El seguro me paga 194€ porque no encuentra un cristal de sustitución.
Deberían de reponer la mampara entera?
Muchas gracias
Como criterio general, el seguro debe indemnizarle la cantidad justa y necesaria para dejar el bien dañado como antes de producirse el accidente, por lo que no solo será el coste del cristal sino los costes necesarios para dejar el cristal de la mampara en idéntica situación como se encontraba en el momento justo anterior a producirse el siniestro.
Buenos días,
Tengo contratado seguro de hogar, sólo continente, el exigido por el banco a la hora de hacer una hipoteca. Tengo un armario empotrado con las puertas de espejo, podréis decirme si debe cubrir el seguro su rotura?
Muchas gracias
Deberíamos analizar las condiciones particulares y generales de su seguro, concretamente en el apartado de definiciones, para ver si eso se considera continente o mobiliario. Cada aseguradora define las cosas a su manera. No hay una regla universal a excepción de los seguros obligatorios regulados como el SOA.
Hola. Se me ha roto una vitrocerámica que costó 200€ y el seguro pretende darme solo 135€. En mis condiciones particulares sólo pone que está cubierta la rotura de cristales hasta 3.000€. Me he quejado y me dicen que normalmente cubre hasta el 60% del coste y, en ningún caso la instalación. No tengo factura, pero ese mismo modelo sigue costando 200€. ¿Por qué sólo hasta el 60% del valor? ¿Qué debería hacer? Muchas gracias y un saludo.
Deberíamos estudiar su contrato de seguro, pero en todo caso todo apunta a que su aseguradora le está intentando timar una parte de la indemnización.
Muy buenas tengo un problema en una claraboya tenía problemas de humedad la quite y puse un cristal que me cortaron ha medida ahora un tabla que tenía se ha volado y me la ha roto era cristal recio no del fino de ventanas ya en su momento me cambiaron un cristal pequeño de una mesa mi compañía es caser mi duda es ese cristal que he puesto y hecho yo me oo cubre? Muchas gracias un saludo
Si usted tiene un seguro del hogar que cubre la rotura de cristales sí que se lo deberían cubrir con toda tranquilidad aunque lo hubiera cambiado hacía poco.
Muy buenas, lanzo mi duda, se me rompió una tuberia en el techo del baño, me lo están arreglando pero debido a la humedad llena de moho todo el techo se me ha pujao la puerta y los marcos.
Me cubriría esto último? Y si es si, deberían cambiarme las demás puertas para que sean iguales si no me ponen la misma?
Si tiene un buen seguro del hogar, (consulte http://www.rankiseguros.com) con todo bien asegurado, rotundamente sí, con la única excepción de que las puertas solo se las cambiarían dado el caso que no se encontraran otras iguales.
Buenas , se me a roto por accidente el cristal exterior del horno y no hay recambio debido a que es viejo , la compañía me a indemnizado con 45€ y yo no estoy conforme , me e quejado pero me han dicho que es lo que hay , en la póliza están asegurados los cristales y no hay limite de edad de los electrodomésticos por lo que pienso que me deben indemnizar con mas dinero porque con 45€ ni puedo repararlo ni cambiarlo . Quería saber que dice la ley al respecto y si están obligados darme una indemnización mas alta ? El que me e comprado nuevo me a costado 700€ Gracias
A expensas de lo pueda decir su contrato de seguro del hogar el cual debería estudiarse con detenimiento, en condiciones normales la aseguradora debe indemnizarle con el dinero suficiente como para que usted pueda reparar el bien dañado dejándolo como antes del accidente y, en caso de sustitución, que el elemento sea de similares y/o idénticas características al preexistente.
Si usted tiene una factura y el elemento sustituído no representa una mejora respecto al anterior, dependiendo de las circunstancias le aconsejamos que reclame al Servicio de Atención al Cliente del Seguro argumentado los aspectos contractuales y el suceso. De no hacerle caso antes de 30 días, presente una reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Paralelamente puede plantear una reclamación extrajudicial y/o judicial previo paso por el trámite pericial del artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro.
Hola,
Se ha roto el vidrio de la ventana de una habitación sin querer lo ha rompido mi hermano sabiendo que ese vidrio es de buena calidad y no es transparente. El seguro cobre ese tipo de roturas?
No tenemos su contrato de seguro del hogar y por tanto no podemos postularnos de manera muy enérgica pero en principio sí queda cubierto si usted tiene contratada la garantía de rotura de cristales en ese seguro y no hay ninguna cláusula «extraña» que lo excluya o limite.
Hola. Mi madre esta de inquilina en un piso y la puerta del comedor hacia el balcón no le cierra, no se si es la maneta o que la goma que lleva la puerta se a desgastado. No tiene seguro de hogar, esto debe cubrirlo el seguro de continente de la dueña?
En principio este tipo de contingencia no queda cubierto por los seguros tradicionales, aunque no negamos que pueda haber alguno que lo cubra, pero en principio no.
hola, no tengo asegurado el continente en mi vivienda porque soy inquilino.
En caso de rotura de cristal de una ventana, estaría cubierto el cristal???
Un saludo
En principio no. Usted asegura (=transfiere el riesgo) una serie de partidas (=bienes) segmentadas básicamente en dos grandes grupos: continente (paredes, puertas, cimentaciones, instalaciones fijas, etcétera) y contenido (muebles, electrodomésticos, ropa, ajuar personal, etcétera). Cada una de estas partidas está garantizada ante una serie de «tipos de accidentes» (incendio, daños por agua, robo, daños eléctricos, etcétera) entre los que se encuentra la «rotura de cristales». Obviamente cuando se «activa» la «garantía de rotura” viene cubrir aquella partida asegurada de «continente» y/o «contenido» que ha sufrido el accidente. Si resulta que usted decidió no incluir en su seguro la «rotura» del «continente», el seguro no estará en la obligación de pagarlo.
Ahora bien, hay ocasiones donde la garantía de «rotura de cristales» va «por libre» y es independiente a si usted tiene el continente o contenido asegurado. Simplemente cubre la rotura de cristales vengan de donde vengan. En ese caso sí que lo cubrirían.
No existe un standard de seguro como podría ser en caso del Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria de Vehículos a Motor. El contrato de seguro es un contrato privado de transferencia de riesgos, y debería estudiarse en cada caso qué cubre.
Hola, la ventana de mi comedor es más bien una puerta corredera acristalada muy grande. Una de ellas tiene una esquina con un boquete pero lo tiene desde hace bastante tiempo. Estoy alquilada y tengo un seguro de hogar de Mapfre desde hace unos meses, ¿Podría pedir al seguro el cambio de ese cristal?
Muchas gracias.
Rotundamente no. Si el siniestro o accidente es anterior a la fecha de contratación del seguro no puede imputarlo bajo ningún concepto al seguro que recientemente ha contratado con MAPFRE. Si lo declara se lo denegarán con toda la razón. Si a usted se le ocurriera declarar que el accidente se produjo con posterioridad a la fecha de contratación, sabiendo que no es cierto, estaría cometiendo un fraude (delito) contra la aseguradora. Lo que debe mirar es si el propietario tiene un seguro que cubra ese percance y el percance haya sucedido con posterioridad a la fecha de contratación. Luego si el contrato lo contempla, sí quedaría cubierto por el seguro.
Hola buena tarde, tengo seguro de hogar y las chicas de limpieza al hacer el aseo rompieron una mesa de cristal, el seguro me paga eso
Si tiene la cobertura de rotura de cristales (de continente y mobiliario), que el 99% de los seguros la tienen, sí. El seguro le pagará el cristal.
Buenas tardes,
a mi también se me rompió una mesa de cristal, el perito paso el informe con el valor de la mesa y ahora me dicen que como era completamente de cristal no lo cubren, esto es cierto? De no serlo y finalmente se negase a pagarme (porque les pedi que gestionasen ellos la cobran de una mesa muy parecida y me dijeron que no) que puedo hacer?
Muchas gracias
Si tiene la garantía de ROTURA, donde generalmente se incluyen la rotura de los cristales, en principio si, aunque deberíamos estudiar su caso y su contrato de seguro. Puede usted acudir a nuestra página para ver cómo hacerlo para obtener asesoramiento de su caso.
Hola.tenemos seguro de casa con Santalucia,y nos cubre rotura de crista de electrodomésticos.os cuento,se me ha roto el cristal del horno,vino técnico y delante de mi puso en el parte inseparable,y me dijo que ya fabrican los cristales esos,me han llamado hoy y me dijeron que me pagan 52€ lo del cristal el que no existe, le ha explicado que lo que quiero que una o de otra parte que me arreglen, pero la chica del seguro(que me llamo)me dijo:señora ahora tiene de hacerce la idea de comprarse horno nuevo.me quede en plan ,,que…podré conseguir por lo menos que me arreglen o nada.?
Las buenas aseguradoras cubren la rotura, entendiendo por ello asumir el coste necesario para reponer el cristal roto como antes del siniestro.
Las aseguradoras peligrosas (ver http://www.RankiSeguros.com) hacen lo que le ha pasado a usted, que con la indemnización que le dan es una tomadura de pelo.
Para cobrarlo todo usted debería proceder al trámite pericial y luego reclamar judicialmente la cobertura, que seguramente ganaría pero después de años y gastarse dinero en profesionales (peritos y abogados).
Por eso insistimos tanto nosotros en que antes de hacer un seguro la gente te consulte RankiSeguros.
Supongo que es un caso similar al de Lola del 20 de febrero. No obstante se lo expongo por si hubiera comentarios particulares para mi caso: Se trata de la rotura de una de las dos mamparas de una cabina de sauna. El servicio técnico dice que hay que reponer las dos porque el cristal que fabrican actualmente es distinto y no cierra herméticamente con el de la mampara que quedó bien y la sauna perdería su funcionalidad. La compañía me indemniza con la reposición por rotura del cristal roto, pero no por el segundo, cuya instalación garantiza el funcionamiento de la sauna. Con el fin de recuperar las funciones anteriores al accidente ¿puedo reclamar la reparación de las dos cristales de la cabina? ¿cómo debo hacerlo?
Habitualmente la garantía de rotura cubre exclusivamente los cristales rotos, resquebrajados o fragmentados, y por tanto, reponer aquello que está roto. El caso que nos está contando que debe también cambiarse otro cristal entero para garantizar el correcto funcionamiento, no está garantizado por el seguro. Entendemos que esa modificación la debería hacer usted a su cargo.
Y lo que sobretodo no puede hacer usted, que mucha gente lo hace y no es nada correcto, es romper también el otro cristal para que el seguro pague también el otro. Esto es un fraude que hay muchas personas que lo hacen pero que no debe hacerse jamás.
Hola, se me ha roto el espejo de un armario que tengo en la entrada, el espejo forma parte de la puerta del armario .El périto me ha dicho que no se puede cambiar el espejo porque se rompería la puerta (es del ikea). el seguro dice que ‘solo’ se hace cargo del espejo y no del mueble que me quedará inservible. Es normal?? que hay de los daños estéticos??
Hola , tengo el seguro flexible L de Banco Santander, mi hija rompió la mesa auxiliar del salón que apenas tiene un año , rompió una pata , cubre el seguro la mesa?..gracias!
Suponemos que hace referencia a un seguro de vivienda (hogar). Para saber si cubre la mesa deberíamos estudiar las condiciones particulares y generales. Sin eso no nos atrevemos a darle una resolución.
Buenas tardes, tengo seguros santa Lucia, ayer di parte porque al quitar la tapa de cristal de la mesa se me callo y se partió, al ser un cristal muy caro el seguro me indemnizara el valor del cristal. Ya que x mi hijo pequeño no kiero ponerlo.
Gracias
Si su seguro del hogar tiene la garantía de rotura, que suponemos que sí, y la suma asegurada cubre todo el cristal, que también suponemos que sí, el asegurador tiene la obligación de pagarlo. Luego usted puede destinar el dinero a lo que usted quiera, que en principio es para el cristal pero si lo destina la indemnización a pagar los libros de texto del colegio de su hijo para su formación académica también lo puede hacer. Lo que no puede hacer usted es intentar cobrar el cristal roto más de una vez. Y atención porque la indemnización debe incorporar el IVA.
Muy buenas tardes, les agradezco su servicio y ayuda.
Les comento brevemente mi caso. Tengo un seguro de hogar con AXA. Hace un mes, por una subida de tensión se nos quemó la placa de inducción (vitro). El seguro nos mandó inmediatamente los técnicos que todavía después de un mes no han sido capaces de repararla. Desde entonces comemos o cenamos casi siempre en bares/restaurantes y mucho para llevar. Ese “gasto” extra y casi lujoso para nosotros, tenemos que pagarlo todo nosotros? Y que tiempo de espera tengo que darle todavía? Con lo que nos hemos gastado de comida, hubiéramos ya comprado 2 vitro cerámicas nuevas…..
La aseguradora tiene la obligación de indemnizarle con dinero, y sólo si usted lo consiente, reparar.Las aseguradoras reparan puesto los operarios o técnicos que envían a sus asegurados son más baratos. No porque lo hagan mejor.
Habitualmente a los asegurados les «parece» más cómodo que le envíen operarios en vez de recibir la indemnización, pero las incomodidades aparecen después como le está sucediendo a usted.
Nuestra recomendación es que, puesto escogió la opción de que se lo gestionaran los operarios, proteste e insista a la aseguradora para que espabilen. Puede dirigirse también al SAC de su seguro. Respecto al tema de los costes de comidas, usted puede pedirle a su seguro a ver si lo paga, cosa poco probable, y si no reclamarlo judicialmente y que sea el juez quien decida si tiene derecho a esa indemnización o no.
Para la próxima vez, lo mejor que puede hacer es llevar a reparar su inducción por la casa oficial, y en caso que le digan que cuesta más la reparación que no la sustitución, la sustituya. Una vez haya resuelto el tema, pase la factura a la aseguradora.
Muchas gracias por el tiempo que se ha tomado en contestar. Un saludo
Gracias, muy amable por su contestación, ayer llame al seguro y les informé de lo que ocurría, la chica que me atendió tomó nota y me dijeron que me llamarian hoy para ver que se puede hacer, pues no me han llamado, mañana miércoles volveré a llamar, muchas gracias por su atencion, un saludo.
Buenas tardes ante todo Gracias por su trabajo, el viernes vino un cristalero del seguro a ponerme un cristal de la puerta del pasillo, pero el cristal es de muy baja calidad y transparente, y el que yo tenía era marrón de más calidad, me dicen que ya no se hace ese tipo de cristal, me puso el cristal que trajo firme y se llevó el papel, mi pregunta es puedo reclamar para que me pongan un cristal mejor, agencia santa lucia, Gracias un cordial saludo
Hola, tal como dice la Ley de Contrato de Seguro, el asegurador debe indemnizar con dinero la prestación, y sólo si el asegurado lo consiente, reponer o reparar el bien dañado.
La opción que siempre recomendamos a todo el mundo es que se hagan arreglar el desperfecto con industriales de confianza de su zona. Autónomos o pequeñas empresas locales de buenas referencias que están seguro que lo harán bien. Luego es cuestión que el asegurador pague el importe desdembolsado para realizar tal reparación. Por otro lado, puede venir un perito que valore a precio de mercado el bien dañado e indemnicen la prestación.
Las aseguradoras intentan enviar directamente a operarios o talleres por un tema de coste. Les cuesta mucho más barato enviar directamente operarios o algunos talleres concertados con los que convienen unos precios muy económicos, con los que incluso funcionan a «tarifa plana», que no que se lo arregle el propio usuario o el perito valore a precio de mercado. Esta última opción (arreglar por cuenta del usuario o que el perito valore a precio de mercado) siempre saldrá más cara a la aseguradora. No existe el descuento por economías de escala.
El argumento de venta de la aseguradora de enviar operarios para prestar un mejor servicio ya que el usuario no deberá buscar a nadie es «relativamente cierto» porque eso va en detrimento de la calidad.
Obviamente esos precios bajos tienen como resultado malas calidades y muchas chapuzas, pero la decisión está en manos del usuario.
¿Que los operarios de las aseguradoras deberían hacerlo bien? Cierto. Ahora bien, la realidad es que a precios bajos caidades bajas.
¿Puede usted reclamar? Obviamente sí, pero el coste en dinero y tiempo que le supondrá acreditar la preexistencia de mejor calidad y la mala actuación del operario será muy elevada, mucho más que la aparente «comodidad» que «a priori» usted creyó que era escoger los operarios de la aseguradora.
Su respuesta es que sí y le animamos a que reclame usted enérgicamente a la aseguradora que actúe dejandole cristal como antes del siniestro.
Muchas gracias por su comentario,
Hola,
Tengo unas puertas corredizas en la terraza que dan al exterior,
Debido al uso, el rodamiento de abajo de las puertas está desgastado y no corren ni cierran bien al quedar inclinadas (en alguna de las puertas incluso el rodamiento ya esta roto y caido).
Me contó una vecina que a ella su seguro le cubrio una reparación de cerrajeria pagando ella el coste del material.
En mi caso que tengo un seguro con Santa Lucia ¿seria posible que el seguro cubriese la mano de obra del cerrajero y yo pagar el coste de los rodamientos?
Gracias.
Lo que está comentando no es un accidente sino un desgaste. Los desgastes no quedan cubiertos por una aseguradora. Ahora bien, hay prestaciones que las aseguradoras incluyen en sus contratos de seguro como son los coches de substitución en caso de siniestro, recurso de multas o envíos de operarios donde comparten parte de los gastos a la hora de hacer reparaciones como es el caso de su vecina. No sabemos si su seguro incluye o no esta prestación. Debería analizarse su contrato pero insistimos, estas prestaciones son complementarias a la actividad puramente aseguradora.
Hola,
en mi casa tengo un pinball (maquina de bollas) antiguo y se me ha roto el cristal que lo cubre. ¿puedo dar parte al seguro por ello?
Gracias
Sin ver su contrato es difícil de decir pero entendemos que, si quedan cubierta la rotura de cristales planos del mobiliario como pudiera ser una vitrina de un armario o de una mesa, también queda cubierto el del Pinball.
Hola. Se a roto el cristal del horno, del cual no existe recambio. El seguro se a apresurado a indemnizarme solo por el cristal, lo cual me resulta sospechoso tanta rapidez. Les indiqué que aunque no tenga asegurados los electrodomesticos yo tenia un horno y con esa indemnización ya no lo tengo, que el cristal forma parte de un todo y que al faltarle una pieza si asegurada ese todo queda inservible. ¿ Puedo rechazar esa indemnización o no tengo nada que reclamar ?
Su caso es el mismo que la respuesta que formulamos a Lola a su cuestión formulada el 20 de febrero. En su caso es un horno en vez de una vitrocerámica, pero es lo mismo. Saludos
Hola buenos dias. He cambiado el termo de mi piso por uno electrico, y ya no necesito el tubo de evacuacion de humos que salia por uno de los cristales del patio. ¿es agujero que queda en el cristal me lo puede cubrir el seguro? Gracias.
No, el seguro sólo cubre roturas accidentales. Si se trata de que usted quiere cambiar el cristal por otro que le guste más, no tenga el agujero de extracción de humos, etcétera, el seguro no cubre este tipo de situaciones.
Tengo dos cristaleras de ventanas de vivienda muy grandes agrietadas por cambio brusco de temperatura, el seguro dice que no me paga porque no esta cubierta esa causa de rotura, me dicen que son arañazos cuando lo cierto es que están agrietados de arriba a abajo. Coste de sustitución unos 6.000 €. Aseguradora CASER. He revisado la póliza y en ninguna parte aparece esa causa excluida. Debe pagarme el seguro el coste? gracias.
Sin ver su contrato se hace difícil emitir una resolución fiable, pero en principio sí que su aseguradora debe pagarle su coste. Habitualmente la rotura no viene condicionada a una causa, sino que tiene cobertura por definición excluyéndose sólo unos objetos muy determinados como son bombillas, vasos, botellas, etcétera.
En su caso es muy raro que la aseguradora excluya un siniestro de dos cristaleras rotas, donde cada cristalera se corresponde con un siniestro distinto y cada una hace uso la suma asegurada máxima que corresponde a esa garantía. Esto significa que si tiene 3.000 € de capital para la garantía de rotura, cada cristalera serán hasta 3.000 €, que multiplicado por dos cristaleras serán un total de 6.000 €.
Si su aseguradora no se hace cargo de este asunto y su contrato lo cubre, le recomendamos que presente una reclamación por cada uno de los siniestros (uno para cada cristalera) por correo electrónico al Servicio de Atención al Cliente del asegurador, y si transcurridos 30 días no obtiene respuesta o ésta no es de acuerdo a su contrato, formule una reclamación a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones reclamando que el asegurador no se hace cargo de una indemnización por rotura teniendo contratada esa garantía en la póliza.
Se ha roto el cristal de la mesa camilla. El seguro de catalana occidente, habla de cristales que se encuentren fijos formando parte de la vivienda asegurada.
¿Lo cubre el siniestro o no?. Gracias.
Es posible que la entidad aseguradora sólo cubra los cristales que forman parte del continente (ventanas, puertas, fachadas, lucernarios,…) y excluya aquellos que forman parte del mobiliario o contenido (mesas, espejos, vitrinas,…), como es el caso. Sin ver su contrato se hace difícil saber qué cubre y qué excluye su seguro. Lo que es cierto es que si usted tiene la garantía de rotura contratada (cláusula delimitativa) y limitan la garantía de rotura a sólo los cristales que forman parte del continente (cláusula limitativa de los derechos del asegurado) y usted no aceptó (firmó) ese segundo tipo de cláusulas, esa exclusión no puede aplicarse y le estarían timando según lo que dispone el artículo 3 de la Ley 50/1980. Otra cosa es que haya otras entidades o productos, que los hay, que sí pagan o cubren este tipo de accidentes.
La aseguradora ha cubierto la rotura sin más problema. Gracias por la información.
Buenas tardes, se ha roto el cristal de la puerta de acceso al jardín, está crujido, no tenemos ni idea de como ha sido. En nuestro seguro nos pone que la rotura de
Cristales está incluida. Debo decir que ha sido un accidente para que cubra o puedo decir la verdad, que no tenemos ni idea de como se ha roto??
Tranquila, la mayoría de buenas aseguradoras la rotura queda cubierta sea cual sea la causa. No debe “inventarse” ninguna excusa. Debemos ser honestos y decir siempre la verdad. Sólo le podrían excluir la rotura si existe dolo y mala fe del asegurado, o sea, usted rompió el cristal a conciencia para que el seguro lo pagara. Si usted lo rompió de manera accidental y fortuita su seguro se lo pagará sin ningún problema hasta el límite fijado en su contrato siempre y cuando su aseguradora no sea de las malas y timadoras.
Pili al final que sucedió me acaba de pasar lo mismo?
Buenos días,
necesitaría dos aclaraciones:
1) tengo los pomos/manillar de dos ventanas abatibles que no funcionan. Se cierra mal o no consiguo ponerlas en la posición de ventana abatible. Creo que esto ocurrió en un día de tormenta que no estaba en casa. A la vuelta tenia suelo mojado y vi los marcos de que se abrieron fuerte y pegaron contra las paredes.
2) veo que a lado de las ventanas a la altura de las caja de la persiana se esta rompiendo el yeso y empieza a verse una fisura por donde pasa la luz (y el aire).
Sé que el seguro no cubre reparación por desgaste, pero creo que aquí sea diferente. Estas dos opciones las cubre el seguro de continente?
Muchas gracias de antemano.
Sin ver su contrato de seguro y las circunstancias y consecuencias del accidente se nos hace difícil tomar una decisión acertada, ya que hay contratos que cubren cualquier hecho accidental, y otros que concretan y limitan mucho las coberturas y derechos del asegurado a percibir la indemnización. No existe un “estándar de seguro” como ocurre en el “Seguro Obligatorio del Automóvil de Responsabilidad Civil” que está perfectamente regulado. En los seguros de viviendas existen unas coberturas muy básicas que casi todas cubren lo mismo (incendio, explosión,…) y luego otro conjunto de coberturas muy dispares que, dependiendo de la entidad y productos, lo cubren casi todo o no cubren casi nada. Luego está en que la aseguradora sea una timadora, pero eso ya es otro tema.
Por el tema de los pomos, y sin ver nada, nos arriesgamos a aventurar que no tendrían cobertura por dos razones. Como usted dice, “cree” que fue el día. Si existen dudas y varias posibilidades su seguro no lo cubrirá (puede ser efecto del viento o uso y desgaste del mecanismo). Cuando los asegurados o perjudicados reclaman al seguro deben tener claro que para reclamar a una aseguradora deben estar seguros de los hechos (causas, circunstancias y consecuencias). No deben tener ninguna duda y además deben acreditarlo con evidencias objetivas. Cuando los asegurados o perjudicados utilizan expresiones del tipo “posiblemente”, “seguramente”, “probablemente”, “parece ser”, etcétera, ¡no conseguirán nada! Las aseguradoras pagan hechos justificados, acreditados y probados. Por tanto las cosas son de un determinado modo, y si además tiene testigos o pruebas que le permiten acreditar ese hecho con las evidencias objetivas que sean, cobrará la indemnización si ese tema está cubierto contractualmente. No tenga la menor duda.
Respecto al tema de la fisura de la caja de la ventana, sin verlo se nos hace difícil tomar una decisión acertada, pero habitualmente son defectos de construcción o ejecución de los trabajos por parte de los industriales. Las ventanas bien ejecutadas no tienen ese tipo de problemas que nos describe.
Buenas tardes
Se me ha roto el cristal de la placa de gas, y este cristal ya no se fabrica, tiene el seguro que pagarme la placa entera o sólo me tiene que pagar la parte proporcional que corresponda al precio del cristal
Para la determinación del daño se atenderá al valor del interés asegurado en el momento inmediatamente anterior a la realización del siniestro (Art. 26 Ley 50/80). Por tanto, la indemnización debe ser suficiente para dejar el objeto dañado en las mismas condiciones que en momento anterior al accidente.
Esto significa que, si para reparar el daño cubierto (cristal de la placa de gas) existen gastos “colaterales” adicionales para dejarlo en su estado anterior, el asegurador deberá costearlos puesto el objeto de la indemnización es restituir el daño y dejarlo en su estado original.
En resumen, si no existe otro modo de repararlo el seguro deberá pagarle la placa entera y, si el seguro quiere, llevarse su placa antigua y hacer con ella lo que quiera, como por ejemplo venderla en Wallapop y rescatar una parte del coste.
Hola buenas tengo las puertas corredizas ( de cristal ) que dan cara al jardin todas marcadas de arañazos de los gatos del pueblo que intentan entrar y queda muy feo ademas que destrozaron la silicona y entre medias se me llena de vaho y queda peor aun porque cada puerta lleva dos cristales solapados mi pregunta es me areglarian o sustituirian el cristal que esta arañado x esos gatos?
No. Las aseguradoras sólo pagan cristales rotos o resquebrajados por cualquier causa y sin distinción del suceso, a no ser que lo haga usted de manera voluntaria y con mala fe o dolo, en cuyo caso no lo pagarían. Si sólo son arañazos o desconchados no los pagan.
Buenos días,
Dando un parte por rotura de mampara, tendré incremento en mi póliza por este parte? Es decir, pagare mas el próximo año de seguro?
Lamentamos no poder ayudarle en este sentido ya que cada aseguradora tiene una política de precios distinta. Nosotros estamos orientados exclusivamente a servicio pos-venta, que consiste en ayudar a las personas que han tenido un accidente o siniestro a percibir la indemnización que les corresponde. No vendemos seguros, por lo que deberá preguntarlo a su mediador o a su propia aseguradora. Gracias por su comentario.
Buenas tardes,
En primer agradecer este servicio que ofrecen de consultas. La mía es muy sencilla, yo tengo una vivienda, con muy buenas calidades, ya sea en cristales exteriores, como en pavimentos, pinturas etc. Quiero entender, que las coberturas son las mismas independiente de la calidad del material o del coste de la mano de obra, siempre hasta el limite de la cobertura claro. ¿Esto es correcto?. Porque a la hora de contratar un seguro, no me preguntan por las calidades.
Sí, lo tiene usted bien entendido. La Ley dice que a la hora de valorar económicamente el accidente, o sea, para la determinación del daño, se atenderá al valor del interés asegurado justo antes del acaecimiento del siniestro.
Y cuando tenga un accidente y deba reparar lo dañado, para asegurarse que se utilizan las mismas calidades hágalo hacer por quien sepa que lo sustituirá por las mismas calidades. No lo haga hacer jamás por la aseguradora, ya que, aunque hay algunas que tienen buenos profesionales, las hay muchas, las malas, que tienen a profesionales desastrosos que lo harán mal. Por lo tanto, y ante la duda, para asegurarse que resuelven bien su accidente, hágalo hacer por gente de su confianza y reclame al seguro que pague con dinero el coste de la reparación.
Las buenas aseguradoras no lo hacen, pero las malas sólo miran el coste y realizan auténticas chapuzas. Asegúrese reparar o restituir sus daños con su profesional de confianza por muchas promesas, ventajas o garantías que le intenten añadirle.
Hola: Se me ha roto una bisagra del mueble del cuarto de baño,lo cubre el seguro y ademas tuve un escape de agua en el fregadero lo arregle yo pero la madera de los armarios de cocina se bufo puedo reclamar al seguro su arreglo,tengo cubierta la reposición estética. Gracias
Sin ver su contrato y las circunstancias del accidente se hace difícil comentarle el asunto, pero lo normal es que no se lo cubran, a no ser que tenga una cobertura de «todo riesgo accidental» o similar.
Respecto a la fuga de agua lo normal sería que sí le quedará cubierto el armario. Respecto al tema estético debería analizarse la extensión de la cobertura, tanto en prestaciones como en capital.
Gracias por su comentario.
Estoy de alquiler, se ha roto el cristal de una de las ventanas de salida al jardín, quisiera saber si va a cargo de mi seguro como inquilino o el seguro del propietario.?
¿De quién es propiedad el cristal? La teoría es que debería pagarlo el seguro del propietario del cristal. Ahora bien, si usted cambia el cristal y pasa la factura a su aseguradora por el cambio del cristal, deberían pagarlo por dicha cobertura (rotura) ya que usted está pagando prima por tener contratada esa garantía, y la misma no hace referencia a que el cristal deba ser específicamente suyo o del propietario del inmueble. Otra cosa es que luego su seguro recobrara el importe pagado al seguro del propietario, o a él mismo, en virtud del artículo 43 de la Ley 50/1980.
Hola!estoy de alquiler y pago yo el seguro.E ido a levantar la persiana se ha caido de golpe hacia abajo quedando la cuerda de la persiana suelta..Me lo cubre el seguro o me toca pagar el material y salida del individuo
Lamentablemente el seguro no cubrirá este tipo de percance con una probabilidad muy elevada por tratarse de un tema de desgaste de la cinta, si no hemos entendido mal. Ahora bien, puedes probarlo igualmente, no sea que exista alguna garantía de “todo riesgo accidental” o similar que pueda cubrir este tipo de accidente. Si te lo pagan mucho mejor para ti, pero habitualmente no cubren este tipo de contingencias.
Buenas.si se rompe un cristal de mampara cuando mismo lo estoy instalando.el seguro se hace responsable??
Sí. La cobertura de rotura no distingue si éste se instala o está instalado.
Tengo una mesa de madera con cristal encima , mi hija le ha dado con un vaso en el canto y ha agremiado dicho cristal , eso entra en el seguro del hogar ???
Hola, si ha agrietado el cristal sí debería tener cobertura. Si no tuviera cobertura, que lo dudamos, se trataría de un mal seguro.
Yo tengo un lavabo de chistal q a rreventao el seguro me lo cubre decirme algo por fa
Efectivamente, el seguro cubre todos los elementos sanitarios tales cómo el inodoro, el lavabo, la cisterna, etcétera.
Buenas, en mi casa el cristal de las ventanas era de calidad y de seguridad especia. Nos lo han estropeado desde fuera y me gustaría saber si el seguro cubre el gasto completo del cristal, fue a un coste bastante mayor y tenemos hasta las facturas. Un saludo
Buenos días, el seguro está obligado a indemnizar o, si tu lo decides, reparar lo que había exactamente antes del siniestro. Si embargo te recomendamos que reclames la indemnización y lo hagas reparar por alguien de tu confianza. Si eran unas ventanas de calidad elevada, el seguro debe indemnizarte exactamente eso hasta el límite del capital que tengas contratado para la garantía de rotura. Un saludo.
A mi hijo le han robado el móvil 2 veces en 6 meses, la primera el seguro nos pago el valor del móvil, puedo volver a denunciarlo la segunda vez?
Sí, cuantas veces y partes sean necesarios hasta el vencimiento del seguro, que si se prorroga, serán los que sean hasta el infinito.