la resolución de tu seguro dudas qué hacer

Qué hacer si no estás de acuerdo con la resolución de tu seguro

Si tienes contratado cualquier seguro del hogar, comercio, empresa, transportes, vida, accidentes, vehículo (seguro de daños propios a todo riesgo), asistencia en viaje, baja laboral o de lo que sea y resulta que tras declararles el percance no te han pagado la prestación que antes de los 40 días desde tu aviso, o te han pagado menos de lo que toca dentro de ese plazo, ¿qué debes hacer?

Primer paso: resolver la parte técnico-pericial

Si tu desacuerdo con el seguro es por uno, varios o todos los puntos que siguen:

  1. Circunstancias y consecuencias del evento.
  2. Valoración de los daños.
  3. Valoración de aquellas circunstancias que pueden influir en la determinación de la indemnización (existencia de infraseguro o regla de equidad).
  4. El seguro te ha dejado abandonado sin decirte nada.

Solución: Deberás contratar y designar rápidamente a un perito de seguros de la especialidad que corresponda (médico, de empresas, de vehículos a motor, de viviendas, etcétera) para resolver este tema (trámite pericial del artículo 38 Ley 50/1980 de Contrato de Seguro)

RECLAMAR INDEMNIZACIÓN

Segundo paso: resolver la parte jurídica

Si una vez resuelto el trámite pericial la aseguradora sigue sin pagar la prestación que corresponde puede ser por dos causas:

  1. Por controversias en la parte jurídica (Distintas interpretaciones de cláusulas contractuales, cláusulas abusivas, cláusulas delimitativas o limitativas de derechos, etcétera)
  2. La aseguradora te ha dejado abandonado. Esto sucede porque tu aseguradora es una timadora y quiere dilatar el tema para ver si te cansas y desistes en tu reclamación.

Solución: Deberás plantear una reclamación judicial para que te paguen.


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Tercer paso: las denuncias ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP)

Olvídate de denunciar ante la DGSFP todas las controversias incluidas en el PASO 1 porque la DGSFP no te hará ni caso. No querrá tratarlo. No es competente. Respecto a las controversias del PASO 2, las coberturas (interpretación de cláusulas, delimitativas, limitadoras, abusivas, etcétera) o infracciones administrativas (no pagarte antes de los 40 días, pago de intereses por mora, etcétera), la DGSFP sancionará a la aseguradora si ve que tienes la razón.

RECLAMAR INDEMNIZACIÓN

Notas finales
  1. Utiliza la garantía de «Defensa Jurídica y Reclamación de Daños» con libre designación de profesionales. Aunque sea tu propia aseguradora, puesto la exclusión de utilizar la libre designación de profesionales con cargo a la garantía de «Defensa Jurídica y Reclamación de Daños» para reclamar a tu propio seguro se trata de una cláusula abusiva (por tener que ser un seguro a parte del contrato de daños; artículo 76 LCS), reclama las facturas de éstos a tu propio seguro para que te salga «gratis» la reclamación.
  2. Si el PASO 1 está clarísimo, o sea, hay acuerdo con la aseguradora en todo el tema técnico como sería cobrar una cantidad convenida en un seguro de accidentes, y sólo se trata de un desacuerdo en la parte jurídica, ve directamente al SEGUNDO PASO (Reclamación Judicial). No hace falta pasar por los peritos.

41 replies
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  12. Sara
    Sara says:

    He tenido un accidente hace 1 mes estando yo parada el vehículo contrario me ha dado y está dando la versión contraria. Que yo salía y que yo le di…solución? Cada uno debe arreglar sus daños. El problema viene cuando el contrario contacta conmigo, y me dice que debo decir lo contrario cuando no es está la versión de lo ocurrido.no iba a recurrir pero ahora sí quiero reclamar a mi aseguradora los daños, ¿cómo debo hacerlo?

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    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      La solución es siempre decir la verdad y lo que ocurrió. Hay que exponer las cosas tal y como han sucedido. Jamás mentir y mantenerse con la verdad.
      Para saber su situación necesitaríamos el parte de accidentes firmado por las dos partes o bien el atestado policial.

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  13. Maria
    Maria says:

    Hace mas de tres meses hubo una fuga de agua en mi cocina. Tras varios intentos la aseguradora no ha localizado la fuga y dicen que hay que picar el suelo. Al no existir ya las mismas baldosas, al picar la primera tendrían que cambiar todo el solado y tengo daños estéticos cubiertos hasta 1800€. He pasado a la compañía un presupuesto de 1.300. € pero tardan 10 días desde que se compran en recibirlas. Para que la cocina o parte de ella no quede abierta desde que pican el suelo hasta que lo reparen les pido que las compren ellos pues no llegan al tope de mi cobertura por estéticos o que me las paguen y las pido yo. Se niegan. Yo no quiero comprarlas por si luego no se hacen cargo de la factura que no sé si han aceptado pues los metros comprenden también el tendedero que está separado por un cristal aunque tiene la misma pared y suelo. Además hace mas de un mes tiraron parte de una pared en infructuosa labor de localizar la avería y la dejaron, hasta hoy, abierta . La baldosa de la cocina tampoco existe ya pero un particular se ofrece a dármelas previa compensación económica aunque no emitiría factura y la compañía me dice que solo me pagara facturas. La compañía pretende que yo lo pague todo y ya veremos lo que ellos pagan y yo insisto en que lo arreglen pues el desembolso es muy alto ¿Puedo obligar a Linea Directa a que compren y paguen ellos las baldosas ( que no llegan al máximo de mi cobertura por estéticos) para que el día que vengan a reparar tengan todo el material necesario para que no dejen mi cocina sin suelo desde que localizan la avería hasta que pongan el suelo? ¿Puedo repercutirles las baldosas que un vecino me vende sin factura?

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    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      Para ser indemnizado no hacen falta facturas. Obviamente una factura es un documento relevante a la hora de ser indemnizado para acreditar el coste de lo que se reclama, pero no es obligatorio.
      Las aseguradoras tienen la obligación de indemnizar la totalidad del siniestro antes de los 40 días desde la notificación del accidente al asegurador. Es un imperativo legal. Si incumplen ese imperativo presente una denuncia ante el regulador, la Dirección general de Seguros y Fondos de Pensiones.

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  14. Francisco
    Francisco says:

    Tuve un accidente caminando con mi perro .El perro cayó a un pozo de más de un metro de profundidad tapado por la maleza y yo buscándolo caí encima de él a el le tuvieron que dar 7 puntos de sutura y yo me hice daño en una pierna y a consecuencia de ello tengo problemas en la cadera
    El caso lo lleva el abogado de Mapfre del hogar . Denunció al ayuntamiento sin tener datos de quién era el terreno y cuando fui a juicio lo desestimaron.
    He tenido qué ir al registro e indagar sobre el propietario y se lo he llevado al abogado para volver a ir a juicio de esto han pasado unos 4 años y la verdad se está moviendo poco . Qué deberíamos hacer.Muchas gracias

    Responder
    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      Sin más datos de su caso no podemos postularnos muy enérgicamente pero intentaremos darle nuestra visión con la información que nos da.
      Si usted dijo exactamente dónde sucedió el accidente y reclamaron al ayuntamiento sin saber que se trataba de una finca de un particular, parece un error del perito que identificó mal el título de dominio del lugar donde tuvo lugar el accidente, o del abogado que no lo comprobó. Realizaron una reclamación a alguien improcedente (un contencioso contra el ayuntamiento por Responsabilidad Patrimonial de la Administración cuando debía de ser una reclamación por Responsabilidad Civil contra el propietario de la finca).
      Usted podría presentar una reclamación por responsabilidad civil profesional contra el perito y/o abogado al haber cometido ese un error pero:
      1. Si usted no sufragó ningún coste de perito ni abogado porque lo asumió todo la garantía de “Defensa Jurídica y Reclamación de Daños” de su seguro del hogar, debería ser MAPFRE quien reclamara contra esos profesionales por realizar una reclamación improcedente, no usted.
      2. Respecto a usted y por lo que hace referencia a la reclamación por sus lesiones al propietario de la finca, si no tenía la autorización del propietario de la finca para acceder a ella, deberían valorarse detenidamente las posibilidades de éxito de la reclamación por responsabilidad civil. No tenemos nada claro que una reclamación de este estilo tenga un 100% de posibilidades de éxito. Es difícil estimar procedente una reclamación de daños o lesiones de una persona que accede a una finca privada sin autorización de su propietario y sufre un accidente en la misma. Otra cosa muy distinta es que sea responsabilidad de la administración mantener los bienes e instalaciones públicos en buenas condiciones para que el ciudadano no sufra daños ni lesiones.
      3. En tercer lugar están los plazos de prescripción de la reclamación, que deberían estudiarse detenidamente para saber si está dentro del plazo para efectuarlas.
      La verdad es que, aunque estuviera dentro del plazo, formular cualquier tipo de reclamación en este caso por responsabilidad civil profesional a los profesionales que llevaron su caso lo vemos con pocas posibilidades de éxito aunque sea un hecho probado que se equivocaron.
      Como decimos siempre en nuestros Posts y videos, los usuarios deben escoger a peritos y profesionales con la libre elección de peritos y abogados de la garantía de “Defensa Jurídica y Reclamación de Daños”. Pagarlos el usuario y reclamar el importe de las facturas al asegurador. Que sean externos a la aseguradora. Si no, pasa lo que le ha sucedido a usted, que debido a la contención de honorarios de los profesionales de las aseguradoras, éstos no realizan sus trabajos con la debida atención que el tema merece no por falta de profesionalidad sino por el bajo importe que cobran. Esto no sucede si usted escoge a profesionales libres independientes de aseguradoras. En su caso ha sucedido algo que para nosotros no le afecta en el posible resultado final de la reclamación, o sea, el error no ha provocado daños mayores. Ahora bien, en muchas ocasiones un error de este tipo podría haberle costado mucho dinero.
      Finalmente decirle que su caso no se mueve porque suponemos que, o está prescrito y/o no ven la posibilidad de reclamar a nadie.

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