Acreditar accidente y las consecuencias al seguro
Cuando reclamas una indemnización al seguro, ¿necesitas acreditar el accidente con pruebas? ¿Qué necesitas justificar? ¿Qué debes hacer y quién te puede ayudar? ¿Qué no debes hacer jamás? ¿Qué precauciones debes tomar?
Si no sigues nuestros consejos es muy probable que tengas problemas y te quedes sin cobrar lo que justamente te corresponde. Ya sabes lo que dice el refrán: “más vale prevenir que curar”.
La acreditación o justificación de las cosas
Todo lo que exponemos sirve para cualquier tipo de reclamación, ya sea de accidentes de circulación, en viviendas, comercios, empresas, seguros de vida, etcétera. Por tanto lo primero que debes tener claro es qué deberás acreditar y justificar:
- Las causas y circunstancias del accidente. Este apartado es fundamental. Piensa que dependiendo de cómo haya sucedido el accidente, quién haya intervenido y bajo qué circunstancias determinará la cobertura contractual o la exclusión total de la reclamación de los daños y perjuicios. Y tu versión de los hechos la desbeberás acreditar con pruebas siempre que sea posible. También con testigos. Además, las causas y circunstancias del accidente determinarán la responsabilidad de los implicados (culpables e inocentes) y quién deberá hacerse cargo de todas las consecuencias.
- Consecuencias o efectos del accidente. Las consecuencias o efectos del accidente son todos aquellos daños materiales, lesiones o pérdidas que se derivan del siniestro. Así, de un accidente de circulación pueden derivarse lesiones, daños materiales a los vehículos o lucro cesante de un negocio por poner algunos ejemplos. Piensa en un transportista que se queda sin su vehículo accidentado y además está lesionado. En caso de un incendio en una vivienda, además de los daños materiales pueden derivarse inhabitabilidades debiendo alquilar otra de alternativa.
- Relación causa-efecto. Hay que prestar mucha atención en acreditar la relación causa-efecto (relación entre punto 1 y punto 2). Una fuga de agua (causa) no puede romper un cristal (efecto). Por tanto cuando reclamas unas consecuencias dañadas deben tener una relación directa con la causa. La relación causa-efecto debe ser clara, acreditada y justificada.
- Tasación de los daños. Obviamente todas aquellas consecuencias o efectos del accidente deben valorarse económicamente por su valor inmediatamente anterior al acaecimiento del accidente. Otra cosa es que, de tener que reclamarlo a tu seguro en virtud de un contrato, la tasación deba de realizarse de un modo determinado (cláusulas de valor a nuevo, restitución nueva, etcétera) que jamás deberán resultar inferiores al precio de mercado ya que iría contra la Ley y sería interpretado como una cláusula abusiva, y por tanto, nula.
¿Qué puedes reclamar justificándolo?
Como ya hemos enumerado en otros posts, puedes reclamar los daños materiales, las lesiones, los gastos, el lucro cesante, la pérdida del fondo de comercio, las indemnizaciones por muerte, la inhabitabilidad, los vehículos de sustitución, las pruebas médicas, la asistencia sanitaria, los daños estéticos, los daños psicológicos, la pérdida de valor patrimonial, los intereses de demora y un largo etcétera de conceptos. Busca a alguien como nosotros para que te asesore de todo lo que puedes reclamar según tu caso.
Las pruebas
Los documentos: Puedes aportar cartas, correos electrónicos, informes meteorológicos, recortes de prensa, declaraciones de accidente, partes de siniestros, atestados, informes médicos, facturas, presupuestos, actas notariales, denuncias policiales, etcétera.
Fotografías y grabaciones: También son pruebas acreditativas las grabaciones de audio o vídeo y las fotografías. No te cortes en nada. Grava y toma fotografías de todo para, en cualquier momento, justificar o acreditar aquello que quieres probar. ¡No seas perezoso! Esa prueba puede ser importantísima. Acostúmbrate a tomar fotografías y grabaciones de todo. Son básicos para reclamar.
Informes periciales: Y busca a peritos o empresas como nosotros que sepan lo que hacen y qué debe hacerse. Un buen informe pericial documentado con pruebas que obtengas es un auténtico tesoro para realizar cualquier reclamación con garantías. Los buenos peritos son aquellos que pueden realizar auténticas obras maestras con las pruebas que aportes y su intervención, su conocimiento en la materia y con su experiencia. Un buen perito es un auténtico tesoro.
Los testigos: Estos también son muy importantes. Su testimonio es clave para probar cualquier cosa que sucedió en el momento del accidente o en los instantes anteriores o posteriores al siniestro. Recoge todos los datos que puedas de esa gente (nombres y apellidos, teléfonos de contacto, dirección y correo electrónico) para citarlos si los necesitas para que declaren la verdad. Un testigo no sirve para que diga lo que tú quieres. Eso es un delito. Un testigo no va a favor de nadie ni tiene interés. Solo declara lo que objetivamente vio y vivió en primera persona.
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buenos DÍAS,
Me han dado un golpe en el coche, lo he llevado al taller indicado por mi compañía, lo han peritado y llevo un mes esperando que me lo arreglen.
En el taller me dicen que no tienen autorización de la aseguradora para reparar, y en mi compañía me dicen que no tienen respuesta de la aseguradora del responsable.
Que la opción que tengo es pagar yo la factura de mi bolsillo y después ya veremos.
Utilizo el coche para trabajar y estoy parada.
Que puedo hacer?
un saludo,
Deberíamos estudiar su contrato de seguro para saber qué garantías tiene contratadas. También deberíamos saber cómo sucedió el accidente para saber si existe culpa contrario o la culpa es de usted. Solo en ese caso sabríamos qué sucede y podríamos darle la información que necesita y sabríamos el porqué su vehículo está parado en el taller y usted está sin coche.
Siempre tiene la opción de repararlo usted, pagar la factura y en función de lo que le hemos dicho reclamar el importe de la misma si tiene derecho a ello. Pero antes se precisa de la información solicitada.
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hola, he sufrido un siniestro de hogar, al llamar a la compañía me dicen que tengo dos pólizas activas, la antigua la acaban de dar de baja por impago, la nueva tiene menos garantías que la nueva, les digo que no se nada, al investigar me doy cuenta que el mediador ha dado de baja una y ha echo otra nueva sin mi consentimiento ni informarme ,
Si el mediador actuó de manera incorrecta sin su consentimiento expreso, se tratará de una responsabilidad civil profesional del mediador y será el mediador el que deba asumir las consecuencias de sus actos.
Hola muy buenas, sufri daños por agua en mi vivienda a consecuencia de un reventón de un radiador, el agua llego a varias estancias de la casa, me han indemizado continente y contenido y lo han valorado casi todo bastante bien, el problema es que me retienen el dinero d elos daños estéticos (1200€) y el IVA (900€) hasta presentación de facturas, pero hay cosas que no voy a reparar o que si lo voy a hacer pero por mi cuenta (zócalos, pintar, etc..) aparte de esto en mi dormitorio principal resulta que me indeminzan todo el dormitorio cama mesitas cómoda canapé, porque les llegó el agua, salió moho e incluso algún cierre de cajones se deterioró, sin embargo el armario empotrado (quizás les resulte muy caro) sufrión los mismos daños y solo me valoran 145€ para reparación. Un saludo
Respecto al IVA. Deben pagárselo puesto el IVA es una parte del coste.
Respecto a los daños estéticos. Debe estudiarse el contrato. En ocasiones se trata de una garantía condicionada a que se arreglen las cosas, aunque esa cláusula puede considerarse abusiva dependiendo de las circunstancias.
Respecto a la reparación o sustitución del armario. Debería realizarse una inspección pericial para determinar quién tiene razón. Sin ver el armario no nos atrevemos a postularnos, aunque es cierto que en no pocas ocasiones muchos peritos determinan que debe repararse cuando realmente no tiene reparación.
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Muchas gracias por su respuesta, hice solamente una reclamación verbal a través de atención al cliente y ya me abonaron el iva y los daños estéticos hasta el límite que figura en póliza, no obstante sigo teniendo dos hechos en los que considero que no han actuado bien, en un conjunto de dormitorio me han valorado un espejo en 200 euros y no vale eso ni de lejos, estuve mirando similares y andan sobre 70€. Por otro lado el problema gordo es el siguiente, en la misma habitación donde me reventó el radiador (calefacción servicios centrales) me daño el armario empotrado en tres puertas, en una pieza vertical y la parte inferior, el caso es que me han indemnizado con 145€ IVA incluido, sin embargo el resto de la habitación (contenido) me lo han pagado todo, mesitas, canapé, cómoda, etc…..el empotrado les debió resultar muy caro ya que es muy grande (3,87×2,47), no sé que hacer, si reclamárles que me lo sustituyan o intentar sustituir esas puertas y las piezas pero va a ser complicado encontrarlas iguales y va a quedar mal estéticamente, el precio de un empotrado así puede rondar los 3500€ pero a la hora de cobrar la póliza todos los años yo no tengo opción de quejarme, la pago y punto, en caso de hacer la reclamación de ambas cosas entiendo que quizás sea mejor por separado para que cada cuestión siga su trámite individual. Un saludo y reiteraros las gracias.
Hola, entendemos que si el coste del espejo son 70 € en vez de 200 € debería usted devolver al asegurador el excendente. Debe cobrarse justo lo que toca.
Respecto a los daños, éstos deben repararse y en caso de ser imposible su reparación, sustituirse con materiales de similares o idénticas características al accidentado.
Tratándose de un tema de daños propios, los daños estéticos sobre el mobiliario deberán estar contratados. En caso que no venga reflejado así en las cláusulas del contrato, no tendrá derecho a percibir indemnización por este concepto.
Como siempre decimos, debemos estudiar detenidamente el contrato y el caso concreto para estar completamente seguros de lo que le comentamos.
Hola Buenos días,
Un día en mi casa tire el móvil de una amiga que estaba conmigo en ese momento y hubo unos daños, llame al seguro me dijeron que les mandaría por correo toda la información se la mande y me dijeron que si entraba en la póliza pero que tenia que mandar fotos y presupuestos para indemnizar, les mande un presupuesto y las fotos y a los 15 días me llega una carta a casa pidiéndome la factura de reparación, la cual no tenemos porque el móvil se reparó por nuestra cuenta.
Tienen derecho a pedir tanta información?
Y a estar pidiendo documentos cada vez que les mando lo que me pidieron anteriormente?
Hola, una cosa es que ellos puedan pedirle la documentación y la otra es que usted tenga la obligación de dársela como es el caso. Si pidieron los recambios y repararon el móvil por su cuenta la aseguradora puede realizar una valoración pericial e indemnizarlo. No hace falta tener ninguna factura para indemnizar ni enviar ninguna factura. Para eso sirven los peritos, para valorar los daños sin que deba haber facturas de por medio.
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Buenas tardes, yo tuve un evento en mi hogar debido al tornado en Talcahuano, ice todo a través de un tercero el cual se encargo de hacer los reclamos.
Sin embargo, lo que recibí de indemnización no fue ni un tercio del valor reclamado por mi representante.
Al final el que salió más perjudicado fui yo.
Consulta.
Una vez cobrado el dinero que propone el seguro ya no hay nada mas que hacer?
Deberíamos tener su contrato de seguro y el informe técnico de la aseguradora para saber el porqué le pagaron un tercio de la indemnización que le correspondía.
Hola que sucede en un siniestro si el asegurado no ha firmado en la poliza las condiciones generales y particulares, y ha pagado cada año el importe de la poliza
Son validas las restricciones de las condiciones generales y particulares
gracias
Sucede que las cláusulas que limitan los derechos del asegurado no se pueden aplicar, y solo se aplican las cláusulas delimitativas del riesgo. Artículo 3 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro (LCS).
Es también de gran importancia que antes de reclamar evalúes el clausulado de la poliza adquirida, revisar las condiciones y exclusiones que se han estipulado, con el fin de evitar una objeción del siniestro.
Las grandes empresas tienen a los Gerentes de Riesgo. En las medianas, pequeñas o particulares están los mediadores de seguros que entendemos deberían hacer esta labor. Y del mismo modo que hay mediadores muy profesionales hay otros que no.
La gente debe grabar y conservar todas las conversaciones en el momento de contratar un seguro, de este modo se ahorrarían un montón de problemas.