Donde interponer la reclamación o demanda judicial al seguro
En España, si una reclamación judicial asciende a menos de 2.000 € no precisas de abogado ni procurador, y muchas veces los abogados declinan este tipo de asuntos porque les acarrea mucho trabajo y poca ganancia. Además, en muchas ocasiones no pueden repetir costas judiciales a la parte contraria si ganan, lo que supone que este tipo de reclamaciones queden desiertas.
En los casos donde te encuentres que quieres interponer una demanda judicial contra una aseguradora que no te paga un derecho o interés legítimo y el asunto no supera los 2.000 €, tú mismo puedes interponer una reclamación judicial. Ahora bien, la cuestión está ¿en qué juzgado debes interponer la reclamación?
Casos de accidentes de tráfico donde el perjudicado debe reclamar contra la aseguradora del causante
En los casos de accidentes de tráfico, todos los perjudicados deberán presentar la demanda o reclamación judicial en el Partido Judicial al que pertenezca el municipio o población donde ocurrió el accidente o siniestro. Así, si un conductor de Madrid colisiona contra otro de Barcelona en la ciudad de Valencia, la demanda deberá presentarse en Valencia. (Artículo 52.1.9 de la Ley 1/2000).
Casos donde el asegurado debe reclamar judicialmente contra su propia aseguradora
En todos los supuestos donde el asegurado deba reclamar contra su propio seguro, sea de vida, hogar, empresas, automóviles, etc, el Partido Judicial donde debe presentar la demanda será SIEMPRE en el domicilio del asegurado (Artículo 24 Ley 50/1980).
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Casos, que no sean de tráfico, donde el perjudicado debe reclamar judicialmente al seguro del causante del siniestro
En los casos donde el perjudicado en un accidente o siniestro deba reclamar a la aseguradora del causante por acción directa (Artículo 76 de la Ley 50/1980), la reclamación o demanda judicial al seguro debe presentarse en el Partido Judicial donde la aseguradora tenga su domicilio social. Ahora bien, si la aseguradora tiene alguna sucursal en el municipio donde sucedió el asunto, podrá demandarse en el Partido Judicial de ese mismo municipio puesto se entiende que la aseguradora también tiene una sede en ese sitio (Artículo 51.1 Ley 1/2000).
Para los casos donde las «Aseguradoras Telefónicas» sólo tienen una sede que generalmente está en Madrid, para poder presentar una demanda contra ellas en un sitio más cercano a ti, ya que no demandarás 700 € en Madrid siendo de Almería, puedes hacerlo de un modo para que te caiga más cercano. Si el causante (tu vecino) vive donde tú, en la misma demanda lo demandas también a él aunque tu intención sólo sea que su seguro pague. Esto es porque al tener la obligación de demandar en el domicilio del reclamado y su domicilio (el de la aseguradora) te cae muy lejos, demandas a tu vecino que te permite acercar el pleito en tu zona y en esa reclamación judicial incluyes a la aseguradora. Esta «jugada» es la que debes utilizar para «acercar» la reclamación donde te interesa a ti.
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Hola, se tiene en cuenta el domicilio que tenía el asegurado a la fecha del siniestro o a la fecha en la que se interpone la demanda?
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Hola, en el momento de presentar una demanda por una póliza de seguro de vehículos, procede interponerla frente al agente de seguros vinculado o frente a la aseguradora? Gracias.
Depende del caso. Si tienen responsabilidad de algún tipo, tú tienes legitimación para reclamarles y ellos eluden esa responsabilidad o hecho al que legalmente están obligados respecto a ti, obviamente sí.
ALGUIEN QUE ME PUEDA ORIENTAR SOBRE LA SITUACION REAL DE SEGUROS AZTECA DAÑOS S.A. DE C. V. SUFRI ROBO TOTAL DE MI MOTO Y ENTREGUE TODOS LO DOCUMENTOS DESDE HACE 4 MESES AHORA ME COMUNICAN QUE EXTRAVIARON LA FACTURA Y QUE POR EE MOTIVO NO ME PUEDEN PAGAR QUIERO ABER QUE TAL ES ESA ASEGURADORA O CUANTAS QUEJAS O RECLAMACIONES TIENE INTERPUESTA HASTA LA FECHA EN LA DONDUSEF Y OTRAS AUTORIDADES O DEMANDAS CIVILES
Deberá presentar una reclamación a la aseguradora mediante un abogado.
El GOBIERNO DE MÉXICO tiene un organismo público, la CNSP (Comisión Nacional de Seguros y Finanzas https://www.gob.mx/cnsf), que depende de la SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, que se ocupa de supervisar que las operaciones de los sectores asegurador y afianzador se apegue al marco normativo, preservando la solvencia y estabilidad financiera de las instituciones de Seguros y Fianzas. Esto tiene como finalidad el garantizar los intereses del público usuario, así como promover el sano desarrollo de estos sectores con el propósito de extender la cobertura de sus servicios a la mayor parte posible de la población.
Dentro de la CNSP hay una agencia gubernamental llamada CONDUSEF (Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros; https://www.condusef.gob.mx/) que es la que te interesa a ti. Esa agencia del gobierno mexicano funciona como defensora de los usuarios de cualquier tipo de servicio financiero y en particular de las aseguradoras que operan en México.
Si pinchas en el siguiente enlace https://phpapps.condusef.gob.mx/margo.0.1/index.php te llevará al sitio web para presentar una queja ante la CONDUSEF y que ese organismo te ayude ante tu reclamación y queja frente al deficiente servicio que tu aseguradora te está prestando.
También puedes contactar con AMIS (Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros; https://sitio.amis.com.mx/) quienes sin lugar a dudas también te podrán ayudar con tu reclamo.
Hola buenas tengo un problema con mi seguro, tuve hace 2 meses yabun incendio en casa en donde se queno totalmente la. Cocina y quedo invivible por mucha cenizas y por mucho humo actualmente estoy en 2 habutaciones con mi familia tengo 2 niñas de 3 años y llamamos todos los dia al. Seguro haver si nos dan alguna respuesta y lo unico q nos dicen esq ya nos llamaran ya an ido a peritar y todo pero no nis dicen nada nisiquiera nos an despositado para el alquiler ni para comida ni el desenconbro y limpieza se podria demandar al seguro?? y tenemos prueba de correos q emos enviado de lo mal que La estamos pasando al no estar en nuestra casa
En su caso nos falta muchísima información. Cuántos seguros tiene (solo del hogar o también de la comunidad). Cuál es el alcance de los daños. Fecha del accidente. Contratos de seguro para saber sumas aseguradas y garantías.
Con la información que nos da solo podemos decirle dos cosas:
1. El seguro debe pagarle el importe íntegro del siniestro antes de los 40 días desde que usted notificó el accidente.
2. De ver que la aseguradora no cumple con sus obligaciones, contrate usted a una empresa de gestión de siniestros como ClaimCenter para que se ocupe de tramitar su siniestro con la aseguradora.
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Una aseguradora , concretamente CBP Protección de Pagos , me ha estado cobrando durante 8 años 30 euros al mes por un servicio que ahora dice que no me puede dar por que soy autónomo y me pide una documentación que como autónomo no está disponible, cómo puedo hacer una reclamación de la cantidad cobrada injustamente.
Sqaludos
Benito
Debe usted acudir a un abogado para que reclame las primas pagadas capitalizadas a la fecha de reclamación más los intereses legales de las cuotas liquidadas.
hola buen dia.
y el siniestro de un hogar? como seria o a que pertenece?
necesito un poco se asesoría.
Munchas gracias.
Sería el partido judicial donde sea su domicilio, el del asegurado (Artículo 24 Ley 50/1980 de Contrato de Seguro)