¿Qué debe valorarse en los daños corporales o las personas lesionadas en los seguros?

Circulábamos tranquilamente por una avenida cuando de repente un despistado se saltó un STOP. Nos colisionó contra el lado del conductor y nos produjo daños corporales. En el coche íbamos toda la familia: mi madre de 76 años, mi esposa de 47 años, mis dos hijos, de 10 y 14 años y yo, que tengo 50.

Desgraciadamente mi madre falleció por culpa de las lesiones. Mi esposa quedó parapléjica y yo he quedado cojo de una rodilla. Por suerte mis hijos se recuperaron perfectamente al cabo del tiempo. Fue un auténtico calvario. Entre la recuperación, las aseguradoras, los abogados y los peritos quedamos “mareados”. Bastante desgracia tuvimos que además parecía un “mercadeo”. La verdad es que algo así no te interesa hasta que no sufres el accidente. Estás totalmente desorientado y cada uno dice la suya. ¿Cómo funciona realmente todo esto?

RECLAMAR MI INDEMNIZACIÓN

La asistencia sanitaria

Cuando sufrimos un accidente nos atienden los servicios de urgencia, los bomberos, nos trasladan en ambulancia, helicóptero o el medio que sea. Pueden realizarnos intervenciones quirúrgicas, curas, rehabilitación, medicarnos, visitas médicas, etcétera. Nos están asistiendo para que sanemos totalmente o, en caso de no ser posible debido a la magnitud de las lesiones, se estabilicen nuestras secuelas. Que se estabilicen las secuelas significa que si hemos perdido un miembro, hemos quedado cojos o sea cual sea el impedimento físico y/o psíquico, hemos perdido esa parte funcional que no se recuperará jamás.

Pues a TODOS los gastos incurridos desde el accidente hasta la total sanación o estabilización de las secuelas de las personas se denominan GASTOS DE ASISTENCIA SANITARIA.

De todos estos gastos se hace cargo la aseguradora del vehículo “CULPABLE”, pero podría darse el caso donde la culpabilidad del vehículo no quedara clara y ninguna aseguradora quisiera hacerse cargo de los gastos de asistencia sanitaria hasta que no se resolviera la responsabilidad del asunto. Para que los conflictos entre aseguradoras no afecten a las víctimas dejándolas desatendidas, la administración española reguló un convenio para las aseguradoras a modo que cada seguro se ocupe de costear los gastos de asistencia sanitaria de los ocupantes de su vehículo, y una vez esclarecidos los hechos y responsabilidades, los seguros ya se recobrarán las cantidades entre ellas si es preciso. Así se protege a las víctimas intentando no dejarlas desamparadas por asuntos administrativos entre los seguros.

La atención sanitaria a las víctimas de accidentes es un derecho de éstas y una obligación de los seguros. Las prestaciones de los servicios sanitarios (rehabilitación, intervenciones quirúrgicas, consultas médicas, prescripciones,…) pueden darse indistintamente en cualquier centro sanitario público o privado. La víctima puede escoger libremente el centro que considere más oportuno con cargo íntegro al seguro.

Los centros sanitarios, públicos o privados, pueden tener convenios de tarifas por facturación de sus emolumentos por la prestación de servicios con las aseguradoras.

Valoración de los daños corporales o secuelas

La amputación de un miembro (mano o pierna), lesiones medulares, politraumatismos, etcétera, son daños que producen restricciones o alteraciones anatómicas, funcionales o estética en las personas tras haber sufrido un accidente, ya sea de tráfico, laboral o durante nuestra vida cotidiana.

Al contrario de los daños materiales donde casi siempre puede repararse o reponerse el bien, en el daño corporal se intenta compensar económicamente la pérdida de capacidad física, psíquica, estética o sensorial del usuario puesto no siempre la persona queda totalmente sanada como antes del accidente.

RECLAMAR MI INDEMNIZACIÓN

Los peritos médicos se dedican a evaluar las limitaciones y secuelas de los lesionados una vez éstas han sanado o se han estabilizado, y así calculan las indemnizaciones correspondientes en base a unas tablas que figuran en la “Ley 35/2015 de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación”, la cual se utiliza como referencia, además de valorar los afectados por accidentes de circulación, el resto de personas que han sufrido lesiones corporales tanto si es por un accidente laboral o como en nuestra vida cotidiana (que te haya caído una maceta de un balcón encima de la espalda).

Según la secuela, los peritos médicos dan una puntuación de 0 a 100 puntos, donde cada punto equivale a una cantidad de dinero determinada. A modo enunciativo, y no limitativo, te indicamos qué valoran los peritos en los casos de accidentes corporales:

  • La indemnización por lesiones permanentes o secuelas
  • La indemnización por lesiones temporales
  • Los daños morales y psicofísicos.
  • La indemnización por muerte
  • Otros conceptos que deban tenerse en cuenta en cuanto a las circunstancias propias de la víctima.
  • Los daños y perjuicios de circunstancias económicas, incluyendo las que afectan a la capacidad de trabajo, pérdida de ingresos de la víctima o lucro cesante.
  • Las indemnizaciones a cónyuges, ascendientes o descendientes con dependencia de la víctima.
Los gastos

En los casos de lesionados los peritos también deberían tasar, a precio real a modo que el afectado no deba añadir dinero, los siguientes gastos “colaterales”:

  • En caso de grandes lesionados, se deberán valorarán las reformas de la adecuación de la vivienda del lesionado, entendiendo por ello los gastos de rehabilitación domiciliaria y relacionados con la pérdida de autonomía personal.
  • Los gastos del funeral, traslado, repatriación, entierro de la víctima si ésta hubiera fallecido. De igual modo se procedería si fuera un gran lesionado.
  • Gastos por asistencia sanitaria futura; prótesis y ortesis previendo sus substituciones futuras por desgaste.
  • Costes de ayudas técnicas y de apoyo.
  • Gastos por adecuación de vehículos.
  • Los gastos relacionados por la pérdida de autonomía personal.
  • Gastos de ayudas de terceras personas.
  • Gastos que impliquen ocuparse de menores por la imposibilidad de las lesiones así como las pérdidas de capacidad de las tareas del hogar.
  • Otros conceptos que deban tenerse en cuenta en cuanto a las circunstancias propias de la víctima.
  • Los gastos u honorarios del tramitador que gestione todos estos conceptos.
Los días de baja

Desde la fecha del accidente hasta la total sanación o estabilización de las secuelas de la víctima pasa un tiempo. Por estos días de recuperación necesarios, los cuales el lesionado está sin trabajar, estudiar, o simplemente, sin poder hacer su vida cotidiana, debe percibir una compensación económica por cada día impeditivo.

Dependiendo de cada caso y en base a las circunstancias particulares de la víctima, los peritos calculan el importe diario en base a unos criterios objetivos para que perciba la prestación en concepto de días impeditivos o días de baja.

Este importe es independiente a que la víctima cobre otras prestaciones. Por tanto, si una persona cobra la baja laboral de la TGSS o de un seguro de pérdidas pecuniarias, el seguro culpable del accidente debe pagarle, además, por cada día de baja.

RECLAMAR MI INDEMNIZACIÓN

Conclusión

Para realizar una buena y justa valoración por un tema de víctimas de accidentes (tráfico, laboral, transeúnte,…) donde haya lesiones y días impeditivos, es necesario acudir a alguien que tenga una extensa experiencia, conocimientos y medios necesarios (tramitadores, peritos y abogados) para poder evaluar todos los aspectos a tener en cuenta para resolver el asunto de manera satisfactoria dentro de la desgracia que comporta haber padecido el siniestro.

 

42 replies
  1. genie168
    genie168 says:

    231908 250419Whoa! This blog looks just like my old one! It is on a totally different subject but it has pretty a lot exactly the same layout and style. Outstanding choice of colors! 491446

    Responder
  2. drover sointeru
    drover sointeru says:

    I have not checked in here for some time since I thought it was getting boring, but the last few posts are good quality so I guess I?¦ll add you back to my daily bloglist. You deserve it my friend 🙂

    Responder
  3. droversointeru
    droversointeru says:

    I was reading through some of your posts on this website and I think this internet site is real instructive! Keep putting up.

    Responder
  4. pilsakmens
    pilsakmens says:

    475191 899195An intriguing discussion will probably be worth comment. I feel that you simply write a lot more about this subject, it may become a taboo subject but normally consumers are inadequate to communicate in on such topics. To one more. Cheers 78681

    Responder
  5. zoritoler imol
    zoritoler imol says:

    I do not even know how I ended up here, but I thought this post was great. I don’t know who you are but definitely you are going to a famous blogger if you are not already 😉 Cheers!

    Responder
  6. ไฮเบย์
    ไฮเบย์ says:

    229514 941580I havent checked in here for some time as I thought it was getting boring, but the last couple of posts are wonderful quality so I guess Ill add you back to my everyday bloglist. You deserve it my friend 423050

    Responder
  7. bonanza178
    bonanza178 says:

    351276 610407An attention-grabbing dialogue is value comment. I believe that you require to write a lot more on this matter, it wont be a taboo subject nevertheless generally individuals are not sufficient to speak on such topics. Towards the next. Cheers 148055

    Responder
  8. Highbay
    Highbay says:

    791933 900592I recognize there is a great deal of spam on this web site. Do you need to have aid cleaning them up? I may possibly aid in between courses! 69723

    Responder
  9. Fysio Dinxperlo
    Fysio Dinxperlo says:

    460548 25367Im impressed, I must say. Genuinely rarely do you encounter a weblog thats both educative and entertaining, and let me tell you, you could have hit the nail about the head. Your concept is outstanding; ab muscles something that too couple of men and women are speaking intelligently about. Im delighted i located this in my hunt for something about it. 78761

    Responder

Trackbacks & Pingbacks

  1. […] que se trata de un tema de unas lesiones por accidente de tráfico y la aseguradora del causante no te los atiende alegando inexistencia de nexo causal, o sea, que […]

  2. […] mientras el mío estaba en el taller. Mi seguro de “asistencia jurídica” no consiguió que me pagaran mis lesiones ni el alquiler del coche de substitución, por lo que encontré a ClaimCenter quienes sí lo […]

  3. […] Las lesiones de los perjudicados directos e indirectos, o sea, todos los conceptos y gastos que detallamos en otro tema sobre las lesiones. […]

  4. […] el parte de accidentes a mi seguro, la aseguradora contraria no quiso atender la indemnización de mis lesiones alegando que el golpe no fue lo suficientemente fuerte como para que me provocara esa lesión. […]

  5. […] la publicación sobre la valoración de las personas lesionadas comentamos cómo se valoran los daños corporales. También comentamos que la asistencia sanitaria […]

  6. […] El importe que debemos percibir derivado de los actos de mala praxis de las actuaciones del personal sanitario lo explicamos en el post acerca de la valoración de personas lesionadas. […]

Leave a Reply

Want to join the discussion?
Feel free to contribute!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *