¿Qué cubre la garantía de daños eléctricos del seguro?

¿Se te ha estropeado un ordenador, una televisión, una nevera, etc, durante una tormenta?

Con la “garantía” o cobertura de daños eléctricos, las aseguradoras normalmente pagan los daños causados por la electricidad a los aparatos conectados a la red. Es así de simple. Pero para aclarar cómo funciona deberemos esclarecer varios conceptos.

¿Qué es la electricidad?

La electricidad no es más que el movimiento de un conjunto de electrones, que son unas partículas pequeñísimas (partículas subatómicas), a una velocidad determinada (llamado voltaje). Al número de electrones que se mueven a la vez se llama intensidad eléctrica.

RECLAMAR MI INDEMNIZACIÓN

Daños eléctricos por sobretensiones

La mayor parte de los aparatos eléctricos que tenemos en casa o en nuestra industria están fabricados para que la velocidad de entrada de los electrones sea de 230 Voltios (230 Km/h). ¿Qué pasa cuando hay una subida de tensión (aumento inesperado de la velocidad de los electrones)? Pues que los aparatos eléctricos se van “quemando” porque la velocidad a la que circulan los electrones en su interior es superior a la que están diseñados, y por tanto, se estropean.

¿Quién es el responsable de que la velocidad a la que circulan los electrones que entran en mi casa por el cable eléctrico no sea la que toca? Pues depende.

Culpables de las sobretensiones más comunes:
  1. Las sobretensiones en régimen permanente (sobretensión durante un periodo de tiempo “largo”). Habitualmente se producen cuando hay un fallo del neutro en las líneas de Baja Tensión por parte de la compañía suministradora. Son la causa principal de los daños que suceden en los aparatos de viviendas y empresas. Normalmente quema bastantes aparatos. La culpa es de la compañía suministradora.
  2. Las sobretensiones en régimen transitorio (sobretensiones, picos o crestas de tensión en periodos de tiempo “corto”), que habitualmente se producen cuando hay una caída de un rayo sobre las líneas eléctricas de baja tensión que alimentan nuestras viviendas o empresas, dañan los aparatos conectados a la red. La culpa es del rayo.
  3. Existen otras causas de sobretensiones en régimen transitorio (aumentos repentinos de la velocidad de los electrones) que no expondremos para no alargarnos ya que no tienen tanta incidencia, pero la tienen.
Daños eléctricos por sobreintensidades

La otra causa que afecta los aparatos conectados a la red son los cortocircuitos y las sobrecargas.

Un cortocircuito consiste en la conexión de dos conductores a distinto potencial. Los cortocircuitos se producen cuando se “tocan” dos cables eléctricos donde los electrones circulan a velocidades distintas, tanto en dirección y sentido. Los electrones, al “chocar”, provocan un aumento de la intensidad que funde el cable después de un chispazo, y es muy posible que además puedan provocar un incendio. Por eso, en los cuadros eléctricos de las casas hay unas protecciones contra los cortocorcuitos, llamados magnetotérmicos, cortacircuitos y fusibles.

Las sobrecargas en las líneas son otra de la causa que producen cortocircuitos. Una sobrecarga es una corriente mayor a la nominal que se mantiene durante un periodo de tiempo determinado. Sobrecargamos una línea eléctrica cuando le pedimos que circulen más electrones de los que el propio cable tiene. En ese caso se quema el cable y provoca cortocircuitos.

La sobreintensidad provocada por un cortocircuito puede provocar un aumento súbito de entrada de “demasiados” electrones dentro del aparato, quemándose y dejándolo inservible.

¿Quién tiene la culpa de las sobreintensidades?
Depende

En principio las instalaciones eléctricas de las viviendas o empresas están bien hechas puesto antes que la compañía suministradora te conecte a la red has tenido que pasar tres exámenes:

Primero: El instalador autorizado que hace la instalación te emite un boletín conforme la instalación es correcta de acuerdo con el REBT (Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión) del momento en que se realizó.

Segundo: De la entidad colaboradora que supervisa la instalación (que para eso cobra)

Tercero: La propia compañía eléctrica que tiene la potestad de supervisar tu instalación, y que no lo haga no es tu problema, pero lo que es seguro es que cobran por ello.

Los culpables

Si la parte de instalación que tuvo la incidencia fue la de origen porque era defectuosa y fueron los tres quienes la dieron por buena (instalador, entidad colaboradora y compañía suministradora) la culpa será de ellos por haber dado por buena una instalación defectuosa.

Si la parte de instalación siniestrada fue alguna chapuza hecha con posterioridad a la instalación, la culpa será de aquel quien realizó la chapuza.

¿Cómo lo hago para saber qué causa eléctrica ha provocado los daños a mi aparato?

No hay ninguna persona que viendo un aparato estropeado por la electricidad sepa qué lo provocó. Nadie. El único modo de hacerlo es analizando el lugar de los hechos y analizar el entorno. NO EXISTE OTRO MODO. Y si alguien os cuenta otra cosa simplemente MIENTE. Si yendo al sitio y analizando el entorno, a veces resulta complicado discernir qué ha pasado, si no vas es absolutamente IMPOSIBLE saberlo.

Si telefónicamente alguien de la aseguradora os quiere denegar un asunto de daños eléctricos alegando alguna explicación sin ver nada; desconfía.

RECLAMAR MI INDEMNIZACIÓN

¿Qué pagan las aseguradoras?

Hay aseguradoras que cubren todos los daños sobre los equipos conectados a la red eléctrica, vengan de fuera (sobretensiones) o de dentro (sobreintensidades), mientras hay aseguradoras que sólo pagan cuando proviene de fuera (sobretensiones), y excluyen el siniestro cuando la causa proviene de dentro de tu casa (sobreintensidades). Para saber qué hace la tuya debes consultar el contrato y mirar qué entra y qué excluye.

Lo que pagan TODAS las aseguradoras son los daños por el rayo, que causan daños por sobretensiones y destrozan bastantes aparatos. La segunda causa que también cubren todas las aseguradoras son las sobretensiones debidas a un fallo del neutro cuya responsabilidad es de la compañía suministradora. La última causa de siniestro, y ésta ya no la amparan todas las aseguradoras, son los daños provocados por sobreintensidades, originados por cortocircuitos o sobrecargas en las líneas que habitualmente han sido manipuladas por alguien que no tenía mucha idea de lo que hacía, donde como consecuencia de la chapuza en la instalación de su casa o empresa provocó la sobreintensidad que “carbonizó” los aparatos.

 

 

50 replies
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  6. Dani
    Dani says:

    Hola, esto que se comenta no es del todo cierto.
    Si hubiese una sobretensión del exterior las viviendas deben tener ,según normativa REBT protecciones contra sobretensiones. El seguro te puede pagar si en la póliza está, pero luego el seguro reclamará a la compañía eléctrica, que según el juez de turno… porque es una norma muy interpretativa lo de las protecciones. Pero el cliente deberá ir a juicio como testigo

    Responder
  7. Maria Gloria
    Maria Gloria says:

    Hola, mi aseguradora rechaza indemnizarme la averia del aparato del aire acondicionado segun informe de mi técnico provocado por una subida de tensión, pero según el informe del técnico de la compañía, provocado por una averia funcional de aparato que contradice el informe aportado. Qué puedo hacer?

    Responder
  8. Bernardo
    Bernardo says:

    Si dentro de un aparato electrónico se ve roto el varistor fusible condensadores reventados transformadores abiertos etc es un síntoma inequívoco de subida de tensión

    Si hay manera de confirmarlo

    Por lo que no estoy de acuerdo con eso: No hay ninguna persona que viendo un aparato estropeado por la electricidad sepa qué lo provocó. Nadie.

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  9. José Manuel
    José Manuel says:

    Buenos días, este ha sido mi caso

    Estando de visita en el domicilio de un conocido, conecté mi teléfono móvil a una de las tomas de corriente debido a la escasez de batería que tenía, con tan mala suerte que en esa misma tarde, se generó una tormenta sin percatarnos de ese hecho. Mi sorpresa fue enorme, cuando al interesarme por el nivel de carga de batería de mi teléfono observo que éste está apagado sin respuesta presionando el botón de encendido.
    Lo llevo a un técnico, el cuál advierte que el teléfono esta «achicharrado» (cito textualmente) y qué desaconseja cualquier tipo de reparación por el elevado coste que esto supondría, al tener que cambiar varios componentes, añadiendo la correspondiente mano de obra.
    Hablo con mi conocido y le expongo el tema, ofreciéndome él mismo dar parte a su compañía de seguros entendiendo que ninguna culpa tiene él y mucho menos yo como perjudicado directo.
    En resumen y después de remitir diferentes escritos a la compañía y diferentes organismos (durante más de un año) cuando dicha compañía elude todo tipo de responsabilidades y coberturas, alegando que dicho teléfono no ha sufrido daño eléctrico, sumándole a este diagnóstico que el teléfono dañado no está incluido en los bienes asegurados del titular de la póliza.
    Me parece increíble que sea tan fácil eludir la responsabilidad de un domicilio asegurado.
    Están en su derecho?, o se están pasando de listos?, qué opciones tengo?
    Gracias por el interés mostrado

    Responder
  10. Enrique
    Enrique says:

    estan cambiando los cables de todo el edificio donde vivo.El lunes dia 2 de Agosto colocaron un cartel diciendo que apagaban la luz de todo el edificio a las 10 horas y asi lo hicieron.yo marche de mi cas y volvi al cabo de 3 horas,encontrandome que el aire acondicionado no funcionaba,la caldera para calentar agua en ducha y calefaccion no funcionaba,la television y el ordenador no funcionaba, la cafetera electrica no funcionaba y finalmente las 2 radios que tenia conectadas no funcionaban.Los tecnicos del aire asi como los del calentador me dicen que se debe a subida de tension y no tienen arreglo, hay que cambiarlos. Mi pregunta es:teniendo en cuenta que alguien estaba manipulando la corriente desde fuera de mi casa y yo ni siquiera estaba en ella, a quien tengo que pedir responsabilidades de los daños sufridos. El tecnico en cuestion dice que mi cuadro de mandos es antiguo, pero nadie me dijo que habia que cambiarlo y que el problema es mio o en todo caso de mi compañia aseguradora. Por favor aconsejenme sobre el tema

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    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      Por lo que nos está contando parece que debe haber más vecinos con su mismo problema. Lo más probable (en un 99% de probabilidad) se trata de una subida de tensión por un fallo del neutro.
      Habitualmente los contratos de seguro del hogar incluyen la cobertura de daños eléctricos debido a sobretensiones y suelen excluir los daños sobre aparatos antiguos.

      Responder
  11. María
    María says:

    Buenos días, me caso es que hace unos días hizo bastante viento por la zona donde se encuentra mi casa y hubo 5 o 6 cortes de suministro eléctrico en poco tiempo, se me ha estropeado el calientaplatos y los técnicos que han venido para repararlo me dicen que tiene una avería en el módulo electrónico por una alteración eléctrica externa. ¿Al ser esta la causa me lo cubriría el seguro de hogar? y si me lo cubren porque garantía sería por daños por viento o por la garantía de daños eléctricos? Gracias y un saludo

    Responder
    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      Debe estudiarse su contrato de seguro pero habitualmente este tipo de incidentes tienen cobertura por la garantía de «Daños Eléctricos» (sobretensiones, cortocircuitos, etcétera).
      Cada aseguradora lo hace a su manera. Unas incluyen y agrupan el viento, lluvia, daños eléctricos, etcétera en una garantía llamada «riesgos extensivos». Otras en cambio lo separan entre «fenómenos atmosféricos» (lluvia, viento, pedrisco, nieve, etcétera) y «daños eléctricos».
      Los seguros del hogar son diferentes en las distintas aseguradoras y cada una hace lo que cree más conveniente. No son seguros regulados por ley como puede ser el Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria de los Vehículos a Motor. El resto, a parte de ser seguros privados, no son seguros regulados por Ley y por tanto, mientras cumplan con los requisitos mínimos que establece la LCS (Ley de Contrato de Seguro), las partes pueden hacer lo que les dé la gana.

      Responder
  12. Kye
    Kye says:

    Muy buenas:
    Mi caso es que en mi casa el agua empezo a salir por el wc en la planta baja y no nos dimos cuenta hasta que ya era tarde y se habia inundado unos cuantos centimetros pero los suficientes para mojar por completo el portatil, un alargo donde estaba conectados otros aparatos ademas de una impresora 3D la cual se mojo la placa madre y ya no funciona con normalidad. A causa de esto hubo una subida de tension ( o por lo menos eso creo yo) porque saltaron los plomos sin saber la causa claro… cuando descubrimos la causa y lo pudimos solucionar encendimos la tv y esta estaba defectuosa ( se habia quedado medio panel a rayas ) unas luces de acuario tambien inservible medio cuadro de luces y una estufa que estaba en marcha en ese momento… se podria decir que todo se quedo a medias. El perito de mi aseguradora dice que eso no son daños directos causados por el agua, mi pregunta es…
    ¿ pueden negarse a pagarme los daños causados a los aparatos electronicos?

    Responder
    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      En su caso hay dos tipos de daños. Los que el agua provoca directamente a sus bienes y los daños por fenómenos eléctricos.
      Por lo que está contando el agua podría haber provocado alguna fuga eléctrica, con lo que accionaría el diferencial del cuadro eléctrico. También podría caber la posibilidad que el agua hubiera causado un cortocircuito que provocaría el accionamiento de algún magnetotérmico. La cuestión es que parece muy singular que el accionamiento del magnetotérmico o del diferencial pudieran haber provocado daños en sus elementos, pero en todo caso esos aparatos quedarían cubiertos por la garantía de daños eléctricos dado el caso de tenerlos contratados.
      Deberíamos estudiar con detenimiento los hechos y el contrato para poder postularnos con certeza.

      Responder
  13. LUIS S.D.
    LUIS S.D. says:

    Buenas ,tuve una subida de tension en la casa por culpa de una averia de endesa me di cuenta de ello a tiempo y apague el interruptor general a tiempo cuando arreglaron la averia conecte el interructor comprove que no se quemo nada menos un ventilador de techo.El seguro no se hace cargo de ello porque dice que no tiene alimentacion directa.¿ es correcto?.

    Responder
    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      Por lo que nos está diciendo todo apunta que se trata de un fallo de neutro por parte de la compañía suministradora. En condiciones normales su aseguradora del hogar le indemniza y luego recobra los daños a la compañía suministradora de electricidad. Deberíamos estudiar su contrato y la respuesta de su compañía aseguradora, que no entendemos qué significa «no tener alimentación directa». Nos parece un pretexto muy extraño.
      Habitualmente las aseguradoras buenas suelen cubrir este tipo de percances.

      Responder
      • Marisa
        Marisa says:

        Vivo en una urbanización y hace días un rayo destrozo los cables eso hizo que se fastidiaran en varias casas ordenadores Tv router ect en mi caso el ordenador y monitor que funcionaba genial el seguro me dice no me paga nada por que tiene 8 años y yo me pregunto si funcionaba genial y no fue mi culpa es normal no me paguen nada o puedo reclamar gracias

        Responder
        • ClaimCenter
          ClaimCenter says:

          Aquí hay dos temas:
          El primero es saber si usted aceptó la cláusula limitativa de 8 años dentro de la cláusula delimitativa de Daños Eléctricos, donde en caso de no haberse aceptado expresamente por escrito no podría aplicarse.
          En segundo lugar hay que saber si esa restricción es, además, una cláusula abusiva, en cuyo caso tampoco podría aplicarse.
          Por último y dependiendo de cómo estuviera redactado el contrato es posible, aunque poco probable, que la exclusión fuera correcta.
          Por estas razones debería estudiarse detenidamente su caso y el contrato.

          Responder
  14. Rosa Pineda
    Rosa Pineda says:

    Hola mis electronicos han dejado de funcionar uno a uno mi laptop El video juego de mi niño, mi cel ,mi tablet, mi tv que tengo que hacer ?ayuda pie favor!

    Responder
    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      Si tiene seguro del hogar y ha sido culpa de una alteración eléctrica, usted puede reclamar a su seguro dado el caso que tenga la garantía de daños eléctricos contratada.
      Si resulta que no tiene seguro del hogar y ha sido una sobretensión por fallo de neutro, usted puede reclamar a la compañía suministradora.
      Si resulta que ha sido por inducción por rayo y no tiene seguro, deberá usted soportar el coste de los daños a sus bienes electrónicos.

      Responder
  15. Euge
    Euge says:

    Buenas tardes! ha caído un rayo en la antena de la comunidad y se han estropeado varios aparatos del edificio, sobre todo televisores. Quién debería cubrir ese daño, el seguro de la comunidad o el de cada vivienda individualmente? Muchas gracias

    Responder
    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      Buenos días! Cada seguro se ocupa de sus daños, por lo que cada seguro de cada vivienda se encarga de los daños de su asegurado. En el caso que, por ejemplo, la antena de la comunidad también estuviera estropeada, eso sí que lo pagaría el seguro de la comunidad.

      Responder
  16. Luisa
    Luisa says:

    Hola buenas tardes compré una maquina de coser mecatronica y me dicen que no tengo garantía en lo eléctrico que si deja de servir no me dan garantía que puedo hacer

    Responder
    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      Entendemos que el caso trata de una máquina estropeada por daños eléctricos (sobretensión o sobreintensidad) dentro del periodo de garantía y el fabricante no quiere asumir el coste de reparación puesto la avería es debida a una causa externa a la propia máquina. En estos casos es tan sencillo como que el fabricante haga un informe escrito que acredite este hecho (daños eléctricos externos a la máquina como causa de la avería) y, si usted tiene un seguro que cubra los daños eléctricos sobre sus aparatos, reclame usted la indemnización de la reparación o sustitución a su seguro del hogar / empresa / comercio.

      Responder

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